Derecho a informar: Juzgado de Garantía declara inadmisible querella de Daniel Jadue contra periodistas

El edil pretendía una condena contra la reportera Leslie Ayala y el director Patricio Santa María, ambos del diario La Tercera.

El Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago declaró hoy inadmisible la querella presentada por el alcalde de Recoleta, Daniel Jadue, en contra de la periodista del diario La Tercera, Leslie Ayala y el director del matutino, José Luis Santa María, reafirmando el derecho a informar de ambos profesionales.

El edil los acusaba de “injurias y calumnias por medios de comunicación social” en un reportaje que aseguraba que Jadue sería formalizado por la Fiscalía Centro Norte por el delito de cohecho en la Asociación Chilena de Farmacias Populares (Achifar).

Tal formalización no ha ocurrido. Sin embargo, Andrea Osorio, titular del Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, determinó que lo aseverado en La Tercera no eran expresiones injuriosas en contra del alcalde porque, tal como lo reconocía Jadue, el Ministerio Público lleva adelante una investigación penal en su contra.

“Es posible asentar que las aseveraciones que se estiman injuriosas por el querellante, son proferidas en el contexto de un reportaje o artículo periodístico que pretende informar al público respecto de un hecho y de una investigación penal seguida en contra de un alcalde y que reviste un interés social, fundado en información que habría sido obtenida de distintas fuentes, sin que se advierta de modo alguno que los periodistas desarrollaren este artículo de modo mendaz con el único y/o último propósito de injuriar al señor Jadue”, dice el fallo.

“Incluso si se asentare que no era efectiva la información en cuanto a la supuesta fecha de formalización; refuerza dicha conclusión lo dicho por el propio querellante en su libelo, quien reconoce que había una investigación penal en curso y que el Ministerio Público no formalizaría por existir diligencias pendientes, de manera tal que atribuye un actuar doloso y mendaz a los periodistas querellados, basado en el único hecho de no haber sido su representado finalmente formalizado”, añade la sentencia.

La magistrada, además, destaca que Jadue pudo ocupar su derecho a réplica en el mismo medio.

“Si con ocasión de este reportaje difundido por La Tercera, el querellante se sintió ofendido y vio mermada su reputación, pudo haber ejercido su derecho de aclaración, rectificación y respuesta frente las expresiones que estima falsas, inexactas o poco claras, ( cuando estas no han sido ejecutadas con el ánimo de injuriar, como es el caso), justamente como control de veracidad y precisión de la información, como contrapartida del derecho de libertad de información”, concluye el fallo.

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