Hijo de matrimonio asesinado en 1973 recurre a la CIDH de la OEA por denegación de justicia en Chile

lejdermanErnesto Lejderman Avalos, quien presenció la muerte de sus padres cuando tenía sólo dos años, rechazó el fallo de la Justicia chilena que condenó en mayo pasado a los culpables del homicidio a 5 años de cárcel y negó una indemnización económica. La pareja argentina-mexicana fue asesinada en diciembre de 1973.
“Un 8 de diciembre de 1973, con dos años de edad, presencié el crimen de mis padres, sobreviví milagrosamente. Después de 36 años de investigación y de lucha por la verdad y la justicia, y después de 9 años de proceso judicial, quedé emotivamente agotado y casi sin fuerzas para seguir, debo agradecer a mi abogado Tomas Ojea Quintana que me dio el empuje necesario para continuar este camino de búsqueda de justicia”.
Así comienza la denuncia que Ernesto Lejderman presentó el 18 de noviembre ante la Comisión  Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la OEA por lo que considera denegación de justicia en Chile, por el crimen de sus padres Bernardo Lejderman (argentino) y María del Rosario Ávalos (mexicana), ocurridos el 8 de diciembre de 1973, en el Valle de Elqui, Región de Coquimbo.
La segunda Sala de la Corte Suprema, en mayo pasado, condenó a los militares Fernando Polanco Gallardo, Héctor Vallejos y Luis Fernández Monjes a cinco años y un día de presidio, aunque todos fueron beneficiados con media prescripción por el tiempo transcurrido.
“Lamentablemente la Corte Suprema de Justicia de Chile frustró el reclamo de justicia de Ernesto Lejderman por el cruel y alevoso asesinato de sus padres. La Corte redujo las penas de los asesinos de diez a cinco años, contraviniendo normas internacionales de derechos humanos, y le negó la indemnización por los daños ocasionados que le correspondía. Como el Estado de Chile no cumplió con su derecho a la justicia integral, Lejderman debe ahora recurrir a un organismo internacional de protección de los derechos humanos como es la Comisión Interamericana”, señaló el abogado del denunciante.
La pareja fue asesinada por una patrulla militar del regimiento Arica de La Serena y el niño entregado por el que sería comandante en Jefe del Ejército, Juan Emilio Cheyre, a un hogar religioso, la Casa de la Providencia de La Serena. Al año siguiente, debido a las gestiones de los gobiernos de México y de Argentina, la dictadura dijo oficialmente que la pareja se había suicidado, haciendo explotar un cartucho de dinamita que tenía en su poder.  
En mayo de 2003, cuando el proceso estuvo a cargo del ex ministro Daniel Calvo, Cheyre prestó declaración en la causa y reconoció que cuando tenía el rango de teniente de Ejército le ordenaron trasladar al menor de dos años a un hogar de menores de La Serena.

3 Comentarios
  1. COMISIÓN DE JUSTICIA CHILOTA dice

    Excelentísimos señores jueces
    CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
    Presente
    eN CHILE SE VIOLAN LOS DERECHOS HUMANOS DE UNA FROMA GROSERA; Y LAS VÍCTIMAS SON DOBLEMENTE ULTRAJADAS EN SUS DERECHOS: PRIMERO POR EL QUE VIOLA; SEGUNDO POR LOS ORGANISMOS DEL ESTADO (ENTIÉNDASE PODER JUDICIAL, JUZGADOS DEL CRIMEN, MINISTERIO PÚBLICO Y FISCALÍA), LOS CUALS INCURREN, TAMBIÉN DE MANERA GROSERA, EN DENEGACIÓN DE JUSTICIA PARA ESAS VÍCTIMAS. hE AQUÍ UN CASO EMBLEMÁTICO, QUE HOY SE DA EN CHILOÉ (MINISTERIO PÚBLICO DE CASTRO Y FISCALÍA LOCAL DE QUELLÓN Y JUZGADO DEL CRIMEN DE QUELLÓN):
    ALGUNOS ANTECEDENTES DE LA DEMANDA POR VIOLACIÓN INTERPUESTA EN EL MINISTERIO PÚBLICO DE CASTRO, FISCALÍA LOCAL DE QUELLÓN, POR NICOLE, CONTRA PEDRO FELIDOR ROA BARRIENTOS, SU PADRE BILÓGICO.
    Causa radicada en: Ministerio Público de Castro – Fiscalía Local de Quellón.
    Imputado (violador): Pedro Felidor Roa Barrientos, Rut: 7.859.824 – 7.
    Denunciante (víctima): Nicole
    Investigación Rol único de causa: RUC 0801140777-4
    Fiscal subrogante (responsable de hacer justicia): Jorge Carrera Cid (Fiscalía Local Quellón).
    Fiscal titular (responsable de hacer justicia): Jaime Aguayo S.
    Período de comisión del delito: año 2001, 2002, 2003, 2004, 2005, 2006, 2007, 2008, es decir, desde que la víctima tenía 11 años HASTA LOS 18.
    Oficios emitidos por MINISTERIO PÚBLICO LOCAL– FISCALÍA DE QUELLÓN:
    OFICIO N° 2957 – 2008, del día 19 de diciembre de 2008. A través de este OFICIO, el señor FISCAL SUBROGANTE, DON JORGE CARRERA CID, instruye practicar las siguientes diligencias:
    – se cita a la denunciante, Nicole, para que, en su condición de víctima de VIOLACIÓN a manos de su propio padre -el señor don PEDRO FELIDOR ROA BARRIENTOS-, concurra a la FISCALÍA DE QUELLÓN a ratificar su denuncia contra el imputado, señor PEDRO FELIDOR ROA BARRIENTOS. Asimismo, por medio de este OFICIO, el Fiscal Subrogante convoca a la víctima a entrevistarse con el Psicólogo de la Fiscalía, señor Emilio Cartagena. El Fiscal subrogante, en este OFICIO, invoca el Artículo 79 y el 180 y siguientes del CÓDIGO PROCESAL PENAL.
    Preguntas:
    ¿Por qué en el procedimiento investigativo no hubo ninguna evidencia de que se estaba, efectivamente, investigando el caso? Por ejemplo, ¿por qué no se citó a la psicóloga, señorita JULIA DESIDERIO PAREDES, quien estaba al tanto del delito aberrante que el señor PEDRO FELIDOR ROA BARRIENTOS perpetraba contra su propia hija, y cuyo testimonio era clave para que se calibrara la gravedad y veracidad irrefutable de la denuncia de violación emprendida por la víctima?
    ¿Por qué no se quiso oír la voz de la víctima, siendo que ésta, el día 16 de enero de 2009, mediante una Constancia y/ o Solicitud de Diligencia dirigida al propio MINISTERIO PÚBLICO – FISCALÍA LOCAL DE CASTRO, le ruega, explícitamente, de su propio puño y letra, al señor FISCAL DON JAIME AGUAYO S . , que recoja el testimonio de esta psicóloga, a la cual la víctima le había confesado, el año 2006, la tragedia que venía padeciendo desde que tenía 11 años a manos del aquí aludido padre pedófilo? En un expediente mínimamente serio, debiera estar acreditado que sí se hicieron las diligencias que solicitaba la víctima, así como el dato de que la citada profesional trabajaba – o por lo menos eso fue lo que se le dijo a la víctima, el año 2008- para el Instituto del Mar “Capitán Williams” de Educación Media Técnico-profesional de Chonchi, institución en que la víctima cursaba su enseñanza media, ese año 2006.
    El OFICIO de la vergüenza:
    Por disposición del Juzgado del Crimen de Quellón, según consta en el OFICIO 740-09, del día 05 de mayo de 2009, se acepta la declaración de “INCOMPETENCIA” del Fiscal a cargo de la causa. Es decir, ocurre lo inexplicable, lo inexcusable, lo absurdo, lo inadmisible: desde la propia Fiscalía Local de Quellón (y de paso, desde la autoridad del Ministerio Público de Castro) se tiende un manto protector de impunidad a este delincuente, imponiendo así el silencio culposo (lo que no es novedad aquí en Chiloé, donde se registran los más altos índices de incesto y ultraje de menores a nivel país amparados por los silencios) a favor del imputado PEDRO FELIDOR ROA BARRIENTOS, ultrajando así, una vez más, los derechos de la víctima, dado que fue desoída en su clamor de justicia por los que, precisamente, tienen que hacer justicia en este país, todo lo cual configura un caso inequívocamente claro –que provoca indignación y repulsa- de DENEGACIÓN DE JUSTICA Y DE mantenimiento de la IMPUNIDAD. Gracias a ello, el culpable, “señor” Pedro (“Fritz”) Felidor Roa Barrientos, se pasea “A MICRÓFONO ABIERTO” en su Radio Quellón y entre las escolares de Chiloé y en las calles de Chile con el más absoluto desparpajo; seguramente con la certeza de que sus influyentes contactos, tanto en Quellón como en la Isla de Chiloé, mantendrán –todas las veces que sea necesario- su imagen pública resguardada con un cerco de protección incondicional. Pregunta: ¿Acaso no operó ese cerco protector en esa declaración ignominiosa de “INCOMPETENCIA” del FISCAL RESPONSABLE DE LA CAUSA AQUÍ ALUDIDA? ¡Impresentable!
    Lo que este caso deja palmariamente en evidencia es lo siguiente: que en Chile, una vez más, la mujer es acallada por el poder “viril” de los “machos” chilenos. Y todo porque la denunciante y víctima es una mujer chilena modesta, una chiquilla de 19 años, sin influencias ni poder, quien ha querido ejercer un derecho humano inconculcable: exige y clama justicia por haber sido sometida, desde los 11 a los 18 años, al yugo psicopático de un padre pervertido, pederastra, pedófilo, psicópata y depravado, cuyo nombre debiera quedar grabado con fuego en todas las conciencias de los chilenos, especialmente de las chilenas (más aún aquellas cuyas hijas viven en Quellón y alrededores): PEDRO FELIDOR ROA BARRIENTOS.
    “A micrófono abierto”, les presentamos al verdadero PEDRO FELIDOR ROA BARRIENTOS (EL “Fritz” de Chiloé): un psicópata que violó sistemáticamente a su propia hija desde que ésta tenía 11 años de edad (era una niña), hasta los 18. ¡EXIGIMOS JUSTICIA! ¡IMPLORAMOS JUSTICIA, SANCIÓN Y CÁRCEL PARA PEDRO FELIDOR ROA BARRIENTOS! ¡SUPLICAMOS REPARACIÓN PARA LA VÍCTIMA!
    Comisión de justicia chilota, Castro, enero de 2010.

  2. marianela valderrama dice

    Todo Quellón debe ssbaer quén es este lobo disafrazadode obveja, pedro felidor roa barrientos. Yo soy cercana a las escuelas de Chiloé y es muy peligroso que este degenerado siga frecuenbtando colegios, con la excusa de festivales y actividades<artísticas. Me encargaré de enviar la alerta a todas<las escuelas y colegios de Quellón,debemos proteger a nuestras hijas de estos depravados. Que la gente llame a este depravado a su radio (Radio Quellón, fm) y a su mueso. Todas ñas madres de chiloé saben quien es este burlador de la ley, este pedro felidor roa barrientos. Me da asco!!

  3. vecinos quelloninos organizados dice

    ESTIMADAS AUTORIDADES Municipalidad de Quellón, febrero de 2010:
    Alcalde: Osvaldo Iván Haro Uribe
    Concejales: Fredy Gallardo Pacheco, Carlos Rogel Vera, Claudio Velásquez Paredes, Gabriela Gonzáles H., Genaro Contreras M., Luisa Torres Torres
    Presente
    LES ESCRIBIMOS UN GRUPO DE CIUDADANAS/NOS CHILOTES, QUE SE ORGANIZAN Y QUE QUIEREN MOVILIZAR CONCIENCIA EN CHILOÉ, MUY INDIGNADOS POR LA IMPUNIDAD QUE SE DA EN ESTA ISLA, ESPECIALMENTE EN LA COMUNA DE QUELLÓN. QUIÉNES MÁS QUE USTEDES, QUE SON PERSONAS HONESTAS, SERVIDORES DE LAS VECINAS, COMPROMETIDAS-OS CON LA SEGURIDAD DE NUESTRAS HIJAS E HIJOS, PARA GESTIONAR LA RUPTURA DE LOS CERCOS DE IMPUNIDAD QUE OPERAN EN NUESTRA COMUNIDAD HACE MUCHOS AÑOS, DONDE REINAN LOS SILENCIOS Y EL OCULTAMIENTO EN CASOS DE PEDOFILIA, INCESTO, VIOLACIÓN Y ABUSO SEXUAL DE MENORES. EN VUESTRA CONDICIÓN DE REPRESENTANTES DE LA VOZ DE LOS SIN VOZ, DE QUELLÓN, USTEDES DEBEN HACER SUYA LA TRAGEDIA DE LA HIJA DE PEDRO FELIDOR ROA BARRIENTOS (SU PROPIO VIOLADOR) QUIEN FUE VIOLADA SISTEMÁTICAMENTE POR ESTE DEGENERADO DESDE EL 2001 AL 2008. LA NIÑA TENÍA 11 AÑOS CUANDO PEDRO ROA EMPEZÓ A MANIPULARLA Y A PERPETRAR SUS DELITOS Y PERVERSIONES. USTEDES DEBEN TOMAR LA VOZ POR ESTA MUJER, LA QUE REPRESENTA A MUCHAS VÍCTIMAS DE INCESTO Y VIOLACIÓN QUE SE DAN EN CHILOÉ (DONDE SE REGISTRAN LOS MÁS ALTOS ÍNDICES DE VIOLACIÓN Y ABUSO SEXUAL DE MENORES A NIVEL PAÍS, AMPARADOS POR LOS SILENCIOS Y LA COMPLACENCIA DE LOS ENCARGADOS DE HACER JUSTICIA). SEÑORES: ESTE ES UN CASO DE PRIMERA PLANA Y DE ALTO IMPACTO PARA LA OPINIÓN PÚBLICA NO SÓLO DE QUELLÓN SINO DEL PAÍS EN SU TOTALIDAD.
    LES INVITAMOS A HACERSE CARGO DEL DRAMA DE ESTA MUJER, LA QUE REPRESENTA A CIENTOS DE VÍCTIMAS DE ABUSO SEXUAL E INCESTO EN NUESTRA ISLA CHILOÉ. GANARÁN LA ADHESIÓN INCONDICIONAL DE TODAS LAS VECINAS Y CIUDADANAS DE QUELLÓN, PORQUE NINGUNA AUTORIDAD LOCAL HA HECHO NADA EN ESTA MATERIA HASTA EL PRESENTE A FAVOR DE NUESTRAS HIJAS E HIJOS. USTEDES PUEDEN DECIR ¡BASTA YA A CIENTOS DE AÑOS DE SILENCIO E IMPUNIDAD EN QUELLÓN EN MATERIA DE INCESTOS Y VIOLACIONES CONTRA NUESTRAS NIÑAS Y NIÑOS! USTEDES MARCARÍAN UN HITO EN LA HISTORIA MORAL DE QUELLÓN. CLARO QUE SE REQUIERE VALENTÍA. ESTO NO ES TAREA PARA COBARDES. LES HACEMOS YA RESPONSABLES DEL CASO, PORQUE EL CASO COMPROMETE EL INTERÉS PÚBLICO DE TODAS LAS QUELLONINAS Y QUELLONINOS… SOBRE TODO PORQUE LOS FRITZ (COMO PEDRO ROA BARRIENTOS) ESTÁN ENTRE NOSOTRAS, EN LAS ESCUELAS, EN LA RADIO QUELLÓN, EN NUESTRA CALLES Y PARQUES, ETC., AMPARÁNDOSE EN SUS CERCOS DE PROTECCIÓN E IMPUNIDAD, DE SILENCIAMIENTO DE LAS VÍCTIMAS Y EN LA COMPLACENCIA CULPOSA DE LA JUSTICIA LOCAL (FISCALÍA LOCAL DE QUELLÓN, JUZGADO DEL CRIMEN DE QUELLÓN). lAS QUELLONINAS Y LAS CHILENAS LES ESTARÁN ETERNAMENTE AGRADECIDAS.

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