Corte de Concepción determina prisión preventiva de Emilio Berkhoff

El máximo tribunal regional determinó la medida cautelar contra el dirigente mapuche imputado de porte ilegal de armas por el Ministerio Pùblico. A diferencia del juzgado de garantías de Cañete, la Corte consideró que Emilio Berkhoff era «un peligro para la sociedad».

En fallo unánime (rol 81-2013) la ministra María Leonor Sanhueza, la fiscal judicial Miriam Barlaro y la abogado integrante Ruth Lanata modificaron la resolución del Tribunal de Garantía de Cañete que el 2 de febrero pasado había determinado las medidas cautelares de firma quincenal y arraigo del imputado por porte ilegal y tenencia de armas de fuego.

La resolución determinó modificar la medida cautelar atendido la gravedad de la pena y el peligro para la sociedad.

Berkhoff, de acuerdo al gobierno, sería una pieza cave en el engranaje de la Coordinadora Arauco Malleco y lo sindica -sin pruebas- como uno de los responsables de los atentados incendiarios en la Araucanía.

Por ello, al conocerse la noticia en La Moneda, el subsecretario del Interior, Rodrigo Ubilla, celebró la decisión de la Corte y dijo que«es fundamental que una persona de estas características esté en prisión preventiva».

«El gobierno continuará realizando todas las acciones necesarias para que en este caso y otros casos que tienen que ver con La Araucanía y la provincia de Arauco se clarifiquen para que el estado de derecho continúe», puntualizó Ubilla.

Para el vicepresidente del Senado y parlamentario del MAS, Alejandro Navarro, “este gobierno debe entender que no se puede condenar, menos aún detener a alguien sin pruebas concluyentes. En la dictadura se basaban en detenciones sin pruebas y en presionar a los jueces para detener gente sin las justificaciones legales. En nuestra democracia, en cambio, se exigen pruebas”.

«Los discursos del ministro Chadwick se parecen cada día más al del ex ministro del Interior, Sergio Fernández, del gobierno de Pinochet. Y tal como le decíamos a Fernández, se lo decimos a Chadwick: junte pruebas, después detenga y, por sobre todo, no intervenga ni presione al Poder Judicial, ni dicte leyes de presidio express, que es lo que también quiere este gobierno con la nueva Reforma al Código Procesal Penal”, dijo Navarro.

La Corte, en su resolución, señaló: “Teniendo únicamente presente los antecedentes de la carpeta judicial, lo expuesto por los intervinientes en la audiencia, la gravedad de la pena asignada a los delitos que se imputan y el carácter de los mismos, circunstancias todas que demuestran que la libertad del imputado es un peligro para la seguridad de la sociedad y que, por lo tanto, la necesidad de cautela no se satisface con una medida de menor entidad como la que aplicó el juez a quo, sino que requiere de una de mayor intensidad, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 140 letra c) inciso tercero del Código Procesal Penal, se revoca la resolución dictada en audiencia de dos de febrero del año en curso, y en su lugar se decide que se decreta la medida cautelar de prisión preventiva para el imputado Emilio Juan Pablo Berkhoff Jerez”.
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