Alegres fueron las cuentas y brindis de la oficialidad y el empresariado cuando el Senado aprobó finalmente la firma del TLC con Estados Unidos. Por los medios de comunicación, se insistió en la amplia batería de bondades que el acuerdo consolidará en el horizonte económico chileno. Si bien, en toda negociación hay aspectos conquistados, es cierto también que sectores, con nombres y apellidos, deberán pasar a retiro por la inminente incapacidad de seguir el nuevo ritmo dictado por la música del TLC.
En ese terreno, muy felices están las empresas courier que operan en Chile desde principios de los años noventa. La entrada en vigencia del TLC dará vigor al modelo chileno y consolidará todas sus conquistas en el tramado de la legalidad aduanera nacional.
El capítulo 5° del TLC, en su artículo 5.7, formula un marco que redunda en favor de los couriers. La aprobación del tratado institucionaliza aún más la presencia de estas empresas, en desmedro de las Agencias de Aduanas nacionales y, como efecto colateral, ayuda a no innovar respecto a las amplias denuncias emitidas por años desde la Cámara Aduanera de Chile y el Sindicato Interempresas Nacional de Trabajadores de Agencias de Aduanas de Chile (SINTAACH).
Dichas entidades y grupos asesores de ambas cámaras parlamentarias, han investigado la manera cómo estas empresas transnacionales no declaran los costos reales de sus operaciones, gozan de una enorme cantidad de privilegios y han presionado a las autoridades del sector para que suban el límite de los montos sobre los cuales pueden operar.
Privilegios construidos, año tras año, por las sucesivas autoridades del Servicio Nacional de Aduanas (SNA), desde Enrique Fanta, pasando por Cristián Palma hasta arribar a Raúl Allard. Privilegios que ahora aparecen claros en sus intenciones finales: allanar el camino para cuando el TLC entrara en vigencia.
UNA CLARINADA TRASANDINA
El 9 de septiembre de 1999 el diputado argentino Mario Das Neves involucró a la empresa Federal Express en una maniobra de evasión por 100 millones de pesos, de entonces, y sembró la duda de que estas prácticas ilegales se extendían al resto de las compañías competidoras como DHL, TNT y UPS.
En el foco de la denuncia, se advertía que estas empresas falseaban sistemáticamente sus despachos de importación para eludir el pago de derechos aduaneros.
En marzo de 1998 el diputado empezó a investigar a FedEx y concluyó que de las mil 500 operaciones por día que realizaba esta empresa, se evadían entre 28 y 30 pesos por cada una. En un lapso de 5 años esta empresa habría falseado el valor del flete que pagan sus clientes. De esa forma tributaban menos impuestos y disminuían el impacto del IVA y de las ganancias.
Gracias a estas denuncias, en Argentina se pavimentó el trabajo legislativo para crear un proyecto de ley, actualmente en tramitación, que regule a las empresas del rubro y las ingrese formalmente a la normativa pertinente.
Nuestro país no estaba ajeno, a esas alturas de los noventa, de los métodos usados por estas empresas para ser competitivas. En esa década ampliaron sus actividades y se les permitió trasladar todo tipo de mercancías sin mayores limitaciones.
Desde 1999, las empresas agrupadas en la Asociación de Couriers de Chile, han insistido en que las autoridades no sólo deben modernizar los trámites atingentes a sus operaciones, sino que además deben aumentar de 500 a tres mil dólares el límite con el cual se les autoriza a ingresar mercancías al país sin la asistencia y control de un agente de aduanas.
Bajo la administración de Enrique Fanta, el Servicio Nacional de Aduanas incorporó a éstas empresas a las Normas Aduaneras de forma irregular. Mediante el sutil mecanismo de "interpretar las disposiciones en materia aduanera", dicha administración dio vida reglamentaria a algo que en lo textual no existía. Por la vía de esta curiosa interpretación al artículo 216 nº 1 letra c), las empresas couriers quedaron legalizadas en sus actividades como transporte de"mercancías de despacho especial".
COMPETENCIA DESLEAL
Las facilidades entregadas han venido a generar impresentables privilegios en desmedro de las Agencias de Aduanas. No hay que olvidar que éstas últimas no son una mera industria y cumplen un importante rol como auxiliares de la función pública aduanera, además son fiscalizadoras en el circuito del comercio exterior.
El primer aspecto tiene relación con lo que se conoce como "Mandato". Un Mandato es una declaración entregada por el importador al agente de aduanas, en la cual le autoriza a realizar un despacho aduanero. Pues bien, se les permitió la posibilidad de funcionar con un documento llamado "Guía courier". Estas Guías Courier son la clave de la velocidad de los servicios expresos, por cuanto en ellas no se les exige un mandato del remitente para efectuar un despacho. De recibir mercancías dudosas, las responsabilidades se van diluyendo. El courier se presenta como el consignatario de la persona que importa el paquete. Luego, cuando un courier efectúa un despacho, no está obligado a presentar una factura comercial que nos hable del proveedor extranjero de la carga. Al exigirse un documento menos se elude importante información de origen para estipular un precio en Chile sobre el cual calcular impuestos.
No sólo pueden distorsionar la materia del consignatario inicial o final de la importación, los couriers también están facultados para agrupar envíos de distintos consignatarios. Lo único que se les exige es que las mercancías no sobrepasen los 500 dólares cada uno, y que en total no superen los mil.
Ha sucedido muchas veces que llega un envío con varios computadores. Cada uno no supera los 500 dólares, pero sumados entre sí sobrepasan el límite máximo de los mil dólares. En este caso especial, la ley exige retener y desaduanizar vía un agente de aduana. Este funcionario, al constatar la irregularidad se ve imposibilitado de rechazar el trámite por la "interpretación" de la Ordenanza de Aduanas que ampara esta agrupación.
Otra herramienta de comercio exterior que se les facilitó a los couriers es la DIP (Declaración Ingreso de trámite simplificado). Es un formulario sencillo que debe llenar una persona si va a retirar un envío ligero al aeropuerto. Busca evitar una intervención innecesaria de un agente de aduanas, tiene el tope de 500 dólares. La Administración Fanta permitió a los couriers funcionar con estos formularios sencillos que estaban destinados a personas naturales. El abuso de la DIP, en la escasa información que entrega, incluso puede ser un riesgo para el patrimonio del país: los courier se les faculta para presentar sus DIP sin necesidad de obtener un visto bueno de algún servicio público, como el Servicio de Salud o el Servicio Agrícola y Ganadero.
Como broche de oro, los couriers poseen en la principal aduana del país un sistema de despacho que les permite desaduanar, o retirar, rápidamente mercancías las 24 horas del día. Una ventaja que no poseen las Agencias de Aduanas, las cuales deben tramitar un "documento de destinación" siempre ante el SNA para poder retirar las mercancías.
A punta de "interpretaciones" y aglutinando todas estas ventajas, las empresas couriers se han convertido en una curiosa figura del comercio exterior. Emiten dudosas declaraciones de importación y son al mismo tiempo: el Agente de Aduana, el consignatario del envío, el transportista y el proveedor extranjero.
La autonomía que gozan permite que los documentos transportados por estas empresas sean entregados de inmediato a ellas sin mayor fiscalización. Todo lo impreso se entrega rápido.
Si se consolida la manga ancha en estas normativas, ¿estamos protegidos para evitar el lavado y transporte de dinero?
PIDIENDO UNA INVESTIGACION
La importación de mercancías por parte de los couriers, representando a terceros, y su valoración en la aduana, siempre tuvieron permanentes cuestionamientos. En juego han estado recursos del Fisco en lo respectivo a tributos aduaneros y al IVA.
La nula voluntad de las autoridades y lo difícil que es obtener pruebas documentales, obligó a los gremios aduaneros a fiscalizar por cuenta propia. Para poder entender la manera en que se evaden impuestos, aconsejan centrarse en una sencilla operación en que un courier hace ingreso al país de un despacho.
Como ya se adelantó, hay dos formas de importar vía courier una mercancía.
En la primera, la empresa importa a su nombre, asumiendo que es el consignatario, y puede agrupar mercancías y diversos importadores hasta un monto de 500 dólares. No se requiere intervención de un agente de aduanas.
En la segunda, si se excede un techo de mil dólares, el consignatario, o cliente, es notificado de una retención que debe ser superada con la intervención de un agente de aduanas. Este debe dar constancia del valor que posee el envío puesto en Chile. Así se puede determinar un monto al cual aplicar tributos.
Siempre fue difícil aportar documentación, más tarde o temprano debían aparecer las pruebas.
El 10 de julio de 2003, y según consta en la declaración de ingreso de la Aduana Metropolitana, se recibió la guía courier emitida por la empresa UPS, la cual importaba un transporte aéreo proveniente de Rowlet Texas, USA, hasta Santiago de Chile. El valor final puesto en Chile (o valor CIF) de este envío fue determinado en 6 mil 632 dólares. Por ser superior a los mil dólares debió constituirse un agente de aduanas. A petición de éste y para conformar el valor total, la empresa estipuló que el precio del flete, esto es, el costo del servicio que le hace a su cliente, fue de sólo 50 dólares.
Sin embargo y curiosamente, paralelo al proceso aduanero que inició el agente de aduanas, la empresa UPS, emitió con fecha 10 de julio de 2003 una factura (Nº 0056159) en la cual se estipula que el servicio asciende a un valor de 271 dólares. Cifra que es, sin duda, el costo real del servicio de transporte internacional y no los 50 dólares. Prueba de ello, es que la guía courier señala claramente que se trata del mismo embarque que venía en el vuelo LR 641 (Miami-Santiago de Chile).
Esta factura por 271 dólares, se acoge al denominado "servicio collect" y significa que el cliente cancela en el lugar de destino el precio del flete. Un abuso de este servicio puede redundar en no declarar el real costo del servicio en el origen, ni tampoco en el sitio de destino.
Es decir, mediante el mal uso de un instrumento, la empresa declara para el ingreso de la mercancía ante la Aduana que el costo del flete es de 50 dólares, cuando en realidad, está cobrando al cliente en Chile 271 dólares. Si realizamos una simple operación de sustracción nos damos cuenta que se produce una diferencia de 221 dólares. Dinero que deja de percibir el Fisco chileno.
Los 271 dólares son indudablemente los gastos que la empresa debe realizar en el lugar de origen antes de enviar el pedido. Así, al declarar 50 dólares, se evaden impuestos en el lugar de embarque, Miami, y en el de destino, Santiago, mientras el cliente acá sale ganando porque su envío paga menos impuestos.
La factura analizada en este informe denota finalmente un aspecto grave: su alto folio. Con el Nº 0056159, se puede determinar que los recursos para el Fisco dejados de percibir constituyen una suma cuantiosa. De acuerdo a estos antecedentes, se vulnera la igualdad en materia impositiva. Usar la vía courier para el transporte de mercancías ha permitido, a ciertos importadores nacionales, cancelar menos tributos que a aquellos que se ajustan a la ley y lo realizan mediante un Agente de Carga.
Para Juan León V., Presidente de la Cámara Aduanera de Chile, no se trata de apoyar o no denuncias para defender la parcela de su sector. Lo que corresponde, según afirmó, es que el Organismo Fiscalizador investigue con documentos reales, los cobros de las empresas y los valores que se declaran al importar. De allí pueden resultar diferencias u homologaciones en los valores que se pagan en definitiva al Fisco.
EL CIELO ES EL LIMITE
Varios son los episodios en que la Asociación Gremial de Couriers de Chile ha expresado su deseo de que el techo de sus operaciones deba ser incrementado.
Su presidente, Philip Somervell, en la revista gremial Mundo Express, ha ratificado tal posición.
En una reunión sostenida a fines de mayo del 2002 con el Director Nacional de Aduanas de ese entonces, Cristián Palma, solicitaron subir el límite de las operaciones de 500 a 3 mil dólares para agilizar la importación de bienes importantes para los sectores industrial, minero y comercial. Es decir, superar la mera entrega de encomiendas.
En la cita, la Asociación alegó que la trayectoria de sus representados en el país había sido impecable desde su aparición en el mercado. Esta seriedad y compromiso con las tareas de fiscalización y considerando que era muy baja la tasa de sanciones, les hizo proponer la urgencia de ampliar su cobertura.
Exhibieron cifras en que se estimaba que el límite de Chile era poco competitivo. Argentina tenía su límite en los 3 mil dólares, Bolivia en los mil y Ecuador en los 4 mil.
Si desde la administración de Enrique Fanta, pasando por Cristian Palma hasta llegar a Raúl Allard, se habían institucionalizado en el país al margen de la Ordenanza de Aduanas, era fácil entender que la alteración de este techo dependía también de la voluntad política del director de turno.
Entendiendo este riesgo, la Cámara Aduanera de Chile, el SINTAACH y el Senador Nelson Avila, realizaron una serie de presentaciones ante las autoridades de Aduanas, Hacienda y de la Comisión Parlamentaria de Relaciones Exteriores. Deseaban velar para proteger la normativa de la decisión de un Director de Aduanas muy afecto al enfoque de la Asociación Nacional de Couriers.
Durante la anterior administración de Cristián Palma, estas empresas a través del Diario Financiero habían insistido que en países como Argentina o Uruguay los límites eran superiores al chileno. Sin embargo, ya en ese año se contaba con información que dejaba constancia de la realidad en Uruguay. Allá, vistas las irregularidades tributarias, a fines de 2001 tomaron la sana medida de limitar los montos de operación a sólo 100 dólares. Ello mediante el decreto 506/01 de su normativa aduanera.
En Argentina, ese mismo año, fue presentado en la comisión de Economía de la Cámara de Diputados, un proyecto de ley que modifica el Código Aduanero, el que reduce a 500 dólares el monto máximo para las importaciones hechas por empresas courier. Todo, después de los resultados de las investigaciones contra la "aduana paralela" que Menem implantó para estas empresas y que el diputado Das Neves denunció en su oportunidad por ser evasoras mediante la subvaloración de los fletes.
Lo que no pudieron conseguir en la administración Palma, se sigue intentando obtener ahora en la administración Allard, señalan los perjudicados. En abril de este año, el director de la DNA manifestó a El Diario su intención de no innovar respecto a la materia. "Sin perjuicio de que se sigue estudiando el tema, es mejor mantener la situación actual", manifestó. En otra afirmación parece incluso representar el espíritu de los denunciantes al afirmar que, "hay que compatibilizar la rapidez de los trámites y al mismo tiempo, evitar filtración o fraude. Es mejor operar a través de agentes de aduana. Su experiencia nos da seguridad".
Apesar de que esa visión debería calmar a los denunciantes, la verdad es que el día de mañana cuando el TLC esté activo un Director Nacional de Aduanas con otra opinión puede sin mayores esfuerzos "interpretar" de nuevo la Ordenanza de Aduanas y subir el monto.
En este año 2003, el TLC ha reactivado las baterías de todos los actores inmersos en esta historia. Para éstos, desde el inicio de los gobiernos de la Concertación se ha ido confeccionando un traje a la medida para estas empresas, con miras a la entrada en vigencia del acuerdo comercial.
El senador Nelson Avila el 24 de enero de este año envió al Director Nacional de Aduanas, Raúl Allard, el oficio 41/2 en el cual manifiesta su amplia preocupación por los informes técnicos que ha ido recibiendo. Tras el estudio de éstos, el senador sostiene que "las opiniones recibidas llegan a la conclusión de que dichas empresas incurren diariamente en acciones que merecen una profunda revisión".
El oficio adjunta aspectos fundamentales de las investigaciones llevadas a cabo por su equipo asesor. El grupo, insiste en que han hecho circular por todos los canales regulares las denuncias acumuladas desde la Administración Fanta. Afirman que sólo han recibido como respuesta del director de turno que se ha "actuado al amparo de las disposiciones legales que le permiten interpretar aquellas disposiciones de materias aduaneras".
Pues bien, Avila espera aún una respuesta formal al oficio emitido en enero. Al parecer la respuesta, nada de amistosa, se concretó el 11 de septiembre con una nueva resolución "interpretativa". Despachado por Raúl Allard, el Nº 3388 al margen una vez más de la Ordenanza de Aduanas, viene a conformar la costura final del traje sastre.
El espíritu de la resolución Nº 3388 es, según el Director Nacional de Aduanas, establecer un Registro de Servicios de Transporte Expreso Internacional. Para los gremios denunciantes, esta ordenanza excede las facultades legales del Director Nacional y debe ser dejada sin efecto.
La Comisión Técnica de Estudios Aduaneros de la Cámara Aduanera de Chile ha emitido análisis y críticas a esta ordenanza. Según éstas, de nuevo se viene a insistir en la facultad de los couriers para representar a uno o más remitentes, también se estipula lo insólito de destinar para ellas la Bodega 10 del aeropuerto de Santiago en condiciones ambiguas de fiscalización. No se especifica en la ordenanza si el recinto es "fiscal o extraportuario, no posee límites ni requisitos, y percibe regalías de almacenaje para sus servicios".
Pasados los meses y en vista de la insólita ordenanza de Allard, los gremios y parlamentarios interesados vieron cómo se acercaba la locomotora del TLC. Por ello, iniciaron una serie de reuniones con varios actores sobre todo en la comisión de Relaciones Exteriores del Senado y en Hacienda.
En el primer escenario, SINTAACH envió una carta el 13 de octubre al senador Ricardo Núñez, Presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores del Senado. En ella, se le pedía audiencia para entregar los antecedentes respecto al tema. Sin embargo, la instrucción que el Presidente Lagos dio para que se acelerara la aprobación del TLC abortó la posibilidad de exponer ante la comisión los detalles del asunto.
La reunión que estaba acordada para el martes 21 de octubre no se concretó y sólo se consiguió, tras la aprobación del TLC el miércoles 22, que la comisión parlamentaria accediera a crear una futura instancia permanente que haría un seguimiento a los efectos del tratado en todos los sectores que se suponen afectados. El tema courier, creen los interesados, se irá diluyendo en el mar de las numerosas áreas afectadas por el acuerdo.
En el ministerio de Hacienda, hubo una reunión el 30 de octubre con Catalina Bau, Coordinadora General del ente estatal. En la cita le recordaron que el "procedimiento especial" ideado por la Administración Fanta siempre fue cuestionado por sus debilidades a la hora de la tributación. Que para los gremios aparecía curioso y cuestionable, también, la ordenanza emitida por Allard en septiembre de este año por cuanto concordaba en lo fundamental con las disposiciones del capítulo 5º del TLC aprobado en octubre.
Como el TLC debe entrar en vigencia a contar de enero del 2004, los gremios y parlamentarios inmersos en el tema acordaron medidas de acción más radicales. En ese contexto se inscribe la manifestación que el viernes 7 de noviembre realizaron en las puertas de la DNA en Valparaíso y las investigaciones paralelas que se llevan a cabo tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado. Se estudia para el transcurso de noviembre-diciembre solicitar a la Contraloría General de la República una investigación formal sobre estos hechos.
Los couriers plantean que el agente de aduanas es un dinosaurio en extinción en el ámbito internacional y que las denuncias responden sólo al temor que genera la competencia. Al principio los gremios aduaneros, en estos años de denuncias, solicitaban las mismas franquicias para despachos que poseen los couriers. Mas, constatando que dichas providencias son un peligro para la seguridad nacional, han redefinido su Norte pidiendo más control y menos permisividad para todos los actores del mercado.
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