Renato Garín: Una interpelación necesaria

El ministro de Salud debe responder, además, por su conducta ilegal que afecta los derechos de miles de chilenas.

Por Renato Garin González, diputado RD

Sabemos que la ley regula la despenalización de la interrupción del embarazo en tres causales. Sin embargo, se introdujo un artículo al Código Sanitario, el cual reconoce la posibilidad de ejercer la objeción de conciencia personal para excusarse de practicar el aborto. Este espacio normativo fue luego utilizado por el Tribunal Constitucional para generar una objeción de índole institucional.

A través de la ley, se generó la necesidad de dictar un “Protocolo” del Minsal para regular el uso de dicha objeción. La principal modificación del referido nuevo protocolo fue haber eliminado la prohibición de objetar a los Establecimientos Privados que se encuentren adscritos al Sistema Nacional de Servicios de Salud mediante la celebración de convenios a los que se refiere el D.F.L N° 36 de 1980. Así, la suma del fallo del TC más el nuevo protocolo hicieron mutar la letra original de la ley, colocando en riesgo el derecho de las mujeres a abortar en tres causales.

El protocolo emanado del Poder Ejecutivo en marzo de 2018 es ilegal. Esta afirmación parece demasiado apresurada, puesto que es la Contraloría quien debe establecerlo. Sin embargo, al analizar con claridad la letra del protocolo y su contexto jurídico, parece inexorable dicha afirmación dado que el protocolo subvierte dos principios del derecho administrativo cuáles son el de legalidad y el de jerarquía. El protocolo es ilegal porque en su sección IV “deshomologa”, es decir, abstrae del mismo tratamiento jurídico, y lo hace por resolución exenta, beneficiando a las instituciones que se adscriben a la ya descrita objeción de consciencia institucional. Estas instituciones están «homologadas» por D.F.L 36 de 1980, por ende el protocolo va claramente contra el principio de legalidad, según el cual una resolución exenta no puede afectar el campo de un D.F.L.

En segundo lugar: ¿A quién debía informar Santelices sobre el protocolo? Obviamente, a su superior que es el Presidente de la República en razón del artículo 35 de la Constitución. Sin embargo, Santelices le informa a Larroulet, según propia confesión, quien es el jefe de asesores del segundo piso, que no es su superior ni ministro, ni siquiera aparece en la Constitución. Por ende, Santelices rompe la cadena de mando al no informar al Presidente, ni siquiera a Chadwick, jefe de gabinete, sino que a Larroulet que para estos efectos es un mero asesor. Así, el nuevo protocolo es ilegal porque subvierte el principio de legalidad al afectar el D.F.L 36 y también es ilegal porque es dictado rompiendo la cadena de mando en contra del artículo 35 de la CPR.

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