Corte acoge amparo de INDH La Araucanía por gaseo a personas en situación de discapacidad

Los efectivos policiales hicieron uso del carro lanza gases sin distinguir entre manifestantes, dirigiendo sus ataques en contra de personas que se encontraban refugiadas en un paradero, entre ellas las amparadas, que se expresaban pacíficamente.

Un nuevo amparo presentado por la Sede Regional del INDH en La Araucanía acogió la Corte de Apelaciones de Temuco en favor de un grupo de personas en situación de discapacidad, quienes fueron reprimidas con gases lacrimógenos el 28 de octubre pasado, por parte de fuerzas Especiales de Carabineros, mientras se manifestaban pacíficamente en la intersección de las calles Diego Portales con Pedro Lagos.

Los efectivos policiales hicieron uso del carro lanza gases sin distinguir entre manifestantes violentos, dirigiendo sus ataques en contra de personas que se encontraban refugiadas en un paradero, entre ellas las amparadas.

Según señaló el jefe regional de La Araucanía, Federico Aguirre, los policías “no consideraron que en el grupo había personas en silla de ruedas, ciegas y dentro del espectro autista, todas quienes experimentaron de manera inmediata los efectos físicos y luego los psicológicos y emocionales de tal experiencia, algunos de los cuales aún presentan estrés post traumático”.

El tribunal declaró así que “el actuar de Carabineros de Chile, en el día y lugar de los hechos fue negligente, ilegal y arbitrario respecto del uso injustificado de armas químicas sin seguir los protocolos de actuación establecidos al efecto, respecto de los amparados que son personas con capacidades diferentes”.

Incumplimiento de protocolos

En el fallo, la Corte recuerda que conforme a los protocolos de Carabineros, el uso de disuasivos químicos se debe usar únicamente en situaciones expresamente reguladas, de manera excepcional y frente a agresiones que se describen como activas y potencialmente letales. Además, señala que en su uso expresamente se debe considerar si se trata de un lugar abierto o cerrado, si existen niños, mujeres embarazadas o personas en situación de discapacidad.

Este fallo se suma a otros dos pronunciamientos judiciales referidos a operativos policiales por los cuales el INDH de La Araucanía ha interpuesto recursos de amparo que fueron acogidos en los últimos días por la corte. El primero en favor de los pacientes y trabajadores del Hospital Regional de Temuco por uso indiscriminado e ilegal de gases lacrimógenos en las inmediaciones del recinto hospitalario, estableciéndose una prohibición de su uso en dicho espacio, lo que no ha sido cumplido por parte de la institución policial.

El segundo fue interpuesto a favor de un grupo familiar de la comuna de Carahue, entre cuyos integrantes se encuentran tres niños/as que fueron agredidos por Carabineros, lo que fue considerado por el tribunal como “una actuación injustificada, arbitraria y desproporcionada”.

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