Insólito voto de minoría de 8 ministros de la Corte de Apelaciones en desafuero de diputada Leuquén

Los magistrados rechazaron la solicitud argumentando que "poner una boleta en la boca de una persona, restregándosela mientras se le dice que coma de sus migajas, si bien evidentemente constituyen conductas reprochables, no tienen la significación jurídico penal bastante como para considerar justificada la existencia del delito de injurias".

La Corte de Apelaciones de Santiago entregó la sentencia íntegra en la que acogió la solicitud de desafuero de la diputada Aracely Andrea Leuquén Uribe, formulada en la querella presentada por injurias graves por una empleada de un pub de la comuna de Las Condes en contra de la parlamentaria.

En votación de mayoría (causa rol 6.091-2019), el pleno del tribunal de alzada estableció que existen méritos suficientes para la formación de causa en contra de la parlamentaria por los hechos registrados en septiembre de 2019, en el local «Irish Geo Pub», ubicado en calle Encomenderos de la comuna de Las Condes.

Ocho ministros, sin embargo, estuvieron por rechazarla, argumentando que «poner una boleta en la boca de una persona, restregándosela mientras se le dice que coma de sus migajas, si bien evidentemente constituyen conductas reprochables, no tienen la significación jurídico penal bastante como para considerar justificada la existencia del delito de injurias».

Los 11 restantes, que votaron por el desafuero de la parlamentaria, señalaron que se trata de un juicio de plausibilidad, y no uno de fondo, por lo que la investigación contribuirá a «determinar, en definitiva si hay mérito para la formación de causa contra la señora diputada».

Según los ministros, «los hechos descritos en la querella no aparecen, hasta ahora negados por la señora diputada existiendo coincidencia además con las imágenes registradas en el soporte remitido a esta Corte por la radio emisora Bío Bío, que al menos muestra una escena -sin audio- concordante con la descrita en la querella», añade.

«Que el desafuero solicitado tiene como finalidad perseguir la responsabilidad penal de la diputada señora Leuquén como autora del delito de injurias del artículo 416 del Código Penal, que prescribe que: ‘Es injuria toda expresión proferida o acción ejecutada en deshonra, descrédito o menosprecio de otra persona'», afirma la resolución.

Para el tribunal de alzada: «Sobre el particular, es posible concluir que de un análisis objetivo de los antecedentes allegados a esta causa la conducta desplegada por la señora diputada importa la concurrencia de una acción y expresión que se ejecuta en relación a la querellante en un lugar público donde la última se desempeña laboralmente como supervisora y que consiste en señalar que era diputada, restregarle la boleta de consumo en la boca, tironearle el pelo y decirle que se comiera sus migajas porque tenía el dinero para pagar diez veces la cuenta, comportamiento que, en esta etapa preliminar, encuadra con el tipo penal que se imputa, y permite tener por justificada la existencia del delito de injurias y la calidad de autora que en él cabe a la querellada».

«Que en cuanto a la gravedad de las injurias a que se refiere la querella, constituye ésta una calificación jurídica que deberá determinarse por los jueces penales competentes, pues por ahora, los hechos descritos cumplen el estándar a que se hizo referencia y permiten dar lugar a la formación de causa», concluye.

La decisión se adoptó con los votos en contra de los ministros Hernán Crisosto, Jorge Zepeda, Javier Moya, María Soledad Melo, Jaime Balmaceda, Inelie Durán, Verónica Sabaj y Juan Carlos Silva Opazo.

Estos 8 ministros, en el voto de minoría redactado por Balmaceda Errázuriz, además de la frase mencionada al comienzo de esta nota, señalaron «que no toda ofensa es injuria, sino que resulta necesario que la expresión proferida o la acción ejecutada tenga una entidad tal que permita sostener que se profirió o ejecutó precisamente en desmedro, descrédito o menosprecio de otra persona y en el caso de la especie, como se dijo, no existe mérito para sostener que aquello se halle al menos justificado».

Los hechos denunciados

El día 11 de septiembre de 2019 a las 13:30 horas, según relató la querellante de Leuquén ante la Corte, se presentó la parlamentaria en el local que ella administraba en Las Condes, «sentándose en la barra donde pidió le sirvieran pisco sour».

«A las 14:15 dice que la divisó almorzando una ensalada y bebiendo pisco sour, sin que le llamara mayormente la atención y que siguió así durante la tarde sentada en la barra y bebiendo pisco sour y hablando por teléfono. Detalla que preocupó a los empleados del local la cada vez mayor agresividad de la querellada a medida que se emborrachaba, lo que iba acompañado de altercados, arrojando comida (papas fritas), tambaleándose camino al baño y generando una situación incómoda, identificándose ante ellos como diputada. Sostiene que a las 16:30 horas, el cajero le avisó que la cliente preguntaba por su cartera que no encontraba y culpaba a los empleados, todo en un evidente estado de ebriedad. Añade que ante esta situación instruyó a los encargados de la barra que no le vendieran más alcohol, pidiéndoles que se ocuparan que no saliera sola del local y que se llamara a algún conocido, porque por su estado era un peligro para ella y para otros que saliera sola. Dice que esta situación parece que le generó problemas y que nuevamente sus supervisados la llamaron porque la querellada se negaba a pagar su último consumo consistente en una hamburguesa con papas fritas las mismas que arrojaba a los empleados y exigiendo que la dejaran ir y que no la podían retener porque era diputada. Sostiene que ante dicho escándalo, la querellada le puso la boleta en su boca, restregándosela mientras le decía que se cominera sus migajas, para luego agarrarla del cabello, tironeándoselo ante lo cual solo intentó liberarse tomándola de las manos y sus compañeros trataron de calmarla. Narra que la diputada continuó con su agresión repitiéndole que comiera sus migajas porque tenía para pagar diez veces la cuenta, agarrándola nuevamente del cabello con su mano izquierda, con mucha fuerza y agresividad. Afirma que sus compañeros de trabajo y el administrador intervinieron, forcejearon con ella hasta conseguir que la soltara todo en presencia de clientes y público en general. Dice que esto le provocó un shock y se dirigió a otro lugar del bar muy afectada psíquica y emocionalmente».

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