Conoce todo sobre los nuevos permisos de desplazamiento

Desde este miércoles se encuentra vigente un nuevo instructivo para trasladarse sin problemas a través de las diversas comunas del país.

Desde este sábado, más de 16 millones de chilenos se encontrarán en cuarentena debido al alza de casos nuevos de coronavirus. Por esta razón, el Gobierno de Chile decidió actualizar el Instructivo para Permisos de Desplazamiento, el cual se encuentra vigente desde este miércoles y endurece ciertas medidas para ayudar a bajar la cantidad de personas en las calles y, por consiguiente, el aumento de contagios.

Respecto al Permiso Temporal Individual, el cual autoriza a las personas a realizar actividades fundamentales y abastecerse de los bienes y servicios esenciales, solo podrá ser solicitado a través de la Comisaría Virtual. Aquellos sectores o localidades que se encuentren en Cuarentena (Paso 1), podrán solicitarlo hasta dos veces cada semana, mientras que aquellos que se encuentren en cualquier otro Paso, podrán solicitar solo uno por semana. Este permiso se verá suspendido los sábado, domingo y festivos.

Cabe destacar que las mujeres que viven violencia no necesitan permiso especial de desplazamiento para salir a denunciar.

Vacunación coronavirus

Quienes necesiten inocularse contra el Covid-19, podrán desplazarse hacia los locales destinados a la vacunación sin necesidad de solicitar permiso para ese fin. Los adultos mayores podrán concurrir a los locales de vacunación acompañados por una persona que tampoco requerirá permiso de desplazamiento.

Permiso para ejercer derecho a voto

Respecto al Permiso para desplazarse a locales de votación, las personas habilitadas para sufragar, podrán concurrir al local de votación que les corresponda, portando su cédula de identidad, debiendo señalar, en caso de ser fiscalizadas, la dirección del local de votación al que se dirigen o del que retornan a su domicilio, desde el horario de apertura de los locales de votación y hasta el horario del cierre de los mismos.

Asimismo, los ciudadanos que participan en la organización de estos procesos electorales, podrán circular en el ejercicio de sus funciones, entre los días 8 al 12 de abril, portando una copia del documento donde conste su designación como Delegados de Local, Asesores, Personal de Enlace, Ayudantes técnicos, facilitadores, vocales de mesa o miembros de colegios escrutadores.

En el caso de celebración en nuestro país de elecciones generales de otros países, en las que participen extranjeros ciudadanos residentes en nuestro país, se permitirá el desplazamiento de los electores extranjeros, el día de la elección y solo con el fin de permitir el ejercicio del sufragio, portando su cédula de identidad para extranjeros chilena y el documento de su país de origen que indique su habilitación para sufragar desde territorio de Chile en elecciones generales de su Estado.

Permiso para candidatos a concejales, alcaldes, convencionales constituyentes y gobernadores regionales

Los candidatos requerirán para desplazarse su cédula de identidad y la página de la resolución de aceptación de candidaturas emitida por el SERVEL donde aparezca su nombre completo como candidato aceptado o el respectivo certificado expedido por dicho organismo que acredite tal condición. El traslado podrá hacerse con fines de propaganda electoral y para realizar trabajos afines a la candidatura, en la o las comunas por las que es candidato.

Cabe destacar que para la realización de actividades, los candidatos deberán respetar los aforos señalados en el Plan Paso a Paso.

Permisos individuales que se mantienen sin cambios:

  • Salida de persona con trastorno del espectro autista u otro tipo de discapacidad cognitiva
  • Asistencia a funerales de familiares directos
  • Procesos de postulación al Sistema de Admisión Escolar, retiro de alimentos, textos y/o artículos tecnológicos
  • Comparecencia a una citación a la que un abogado u otra persona deba concurrir en virtud de la ley
  • Traslado y permanencia del padre, la madre o el tutor a establecimientos de salud para visitar a
    personas con discapacidad y dependencia
  • Ceremonias de matrimonios civiles y/o acuerdo de unión civil
  • Permiso donante de sangre
  • Cuidado de adultos mayores y personas con discapacidad
  • Salida de adultos mayores en sectores o localidades en Cuarentena (Paso 1)
  • Permiso de Traslado Interregional
  • Permiso de Retorno a Residencia Habitual
  • Permiso de Traslado para vacaciones
  • Permiso para proceso de selección del contingente para el Servicio Militar en el Ejército y la Armada de Chile
  • Traslado de niños, niñas o adolescentes entre las casas de sus padres o tutores
  • Pensionados que deban concurrir a los centros de pago para el cobro de su pensión

Salvoconductos individuales

Se otorgarán solo en caso de tratamientos médicos, realización de trámites funerarios y mudanza.

Permiso de desplazamiento colectivo:

Podrá ser solicitado por personal de salud, emergencias, sector público, transportes y otros, tales como ministros de culto, feriantes, suplementeros, pescadores, etc.

Permiso único colectivo:

Se entregará a aquellas empresa o instituciones de rubro esencial, sea pública o privada, para que aquellos trabajadores imprescindibles y cuya función sea crítica para la realización de la actividad propia del giro de la institución y que, además, no puedan cumplir sus funciones de forma telemática, puedan asistir de manera presencial al lugar de trabajo y/o circular en el ejercicio de sus funciones. Aquellas personas con este permiso deberán portar su contrato de trabajo, ya sea en formato digital o físico.

Podrá ser requerido por Servicios de Utilidad Pública, seguridad, prensa, alimentos y comercio de bienes esenciales de uso doméstico, educación, servicio público y equipos de campaña de candidatos a elecciones de concejales, alcaldes, convencionales constituyentes y gobernadores regionales.

Repartidores:

Aquellos que presten servicios de distribución de alimentos, medicamentos y otro tipo de bienes esenciales de uso doméstico por medio de plataformas de delivery, el que los habilitará para circular por sectores o localidades que se encuentren en cuarentena territorial.

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