Corte confirma multa contra Mega por trato denigrante a camarógrafo

La sanción corresponde a 400 UTM que la empresa deberá pagar.

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el reclamo de ilegalidad presentado contra el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) que aplicó una multa de 400 UTM a Mega. Lo anterior luego de que fuera denunciado por trato denigrante y vejatorio contra un trabajador.

En un fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada descartó un actuar arbitrario del CNTV al sancionar al canal. Esto responde al llamado “caso tijeras”, cuando José Miguel Viñuela, animador de Mucho Gusto, le cortó el pelo en vivo y en directo al camarógrafo José Miranda, sin su autorización.

La resolución señala que: «El CNTV estimó que la concesionaria había incumplido el deber de conducta que le impone el artículo 1° de la Ley 18.838».

«Al exhibir los contenidos audiovisuales fiscalizados, ayudó magnificar una situación de violenta vulneración a la dignidad y a los derechos fundamentales de una persona, que fue víctima de un ataque a su integridad física y psíquica en un programa mermando con ello su honra y su imagen pública» agrega.

El fallo señala además que la situación fue transmitida dentro del horario de protección, lo que normaliza a la audiencia menor de edad comportamientos de bullying.

Asimismo, se señala que respecto «al actuar del animador del programa en cuestión, la concesionaria debe responder y cumplir la normativa legal aplicable, asumiendo las consecuencias que dicho actuar acarrea».

Por todo lo anterior, la corte declaró que la sanción está debidamente fundada y razonada, por lo que Mega deberá pagar una multa de un poco más de 20 millones de pesos.

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