Corte eleva condena a brigadier (r) del Ejército Pedro Espinoza por el secuestro calificado de dirigente de la CUT en 1976

El ex uniformado tiene cerca de 30 condenas en su contra en distintos procesos, y sumaría más de 200 años de cárcel.

El ex jefe operativo de la DINA y brigadier (r) del Ejército Pedro Espinoza Bravo suma una nueva condena en su contra.

Esta vez la Corte aumentó la pena de 5 años y un día a 10 años y un día de presidio por su responsabilidad en el secuestro calificado del dirigente Juan Moraga Garcés en julio de 1976.

El ex militar actualmente tiene cerca de 30 condenas en su contra en distintos procesos, y sumaría más de 200 años de cárcel.

La Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago condenó a 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio al brigadier (r) del Ejército Pedro Espinoza Bravo, ex jefe operativo de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) como autor del secuestro calificado de Juan Héctor Moraga Garcés, dirigente de la Central Unitaria de Trabajadores, CUT, y militante del Partido Comunista, detenido el 26 de julio de 1976 y quien desde entonces se encuentra en calidad de detenido desaparecido.

De esta manera, la Sala, -presidida por la ministra Lilian Leyton Varela e integrada por el ministro (S) Alberto Amiot Rodríguez y por el abogado integrante Jorge Norambuena Hernández,- confirmó la sentencia definitiva de agosto de 2020, dictada por el ministro en Visita Extraordinaria Mario Carroza, con declaración, aumentando de 5 años y un día a 10 años y un día la pena que pesa en contra del ex militar, el único condenado en la causa, y quien actualmente tiene cerca de 30 condenas en su contra, en distintos procesos, y sumaría más de 200 años de cárcel.

Del mismo modo, el tribunal rechazó con fundamentos contundentes la aplicación de la Ley de Amnistía, la prescripción y la media prescripción, como lo había solicitado la defensa del acusado. Para esto, la Corte, al tratarse de un delito de lesa humanidad, consideró la aplicación del derecho internacional.

Al respecto, la abogada querellante Andrea Gattini, del Estudio Jurídico Caucoto Abogados, se mostró conforme con lo fallado por el tribunal de alzada capitalino señalando que «Consideramos correcto el fallo y nos deja más tranquilos. La pena impuesta por la Corte de Apelaciones de Santiago creemos es más acorde con la gravedad de los hechos, sobre todo considerando que don Juan Moraga Garcés sigue como detenido desaparecido, manteniendo dicha herida abierta para su familia y cercanos. Esa es una deuda enorme que queda y que, espero, no se olvide nunca. De todas formas nos tranquiliza que estos casos, aunque sean investigaciones con muchas dificultades, sigan teniendo un cierre, pudiendo determinar los hechos y enfrentar a la justicia a los responsables. La impunidad es algo que no se puede permitir, nos hace daño a todos como sociedad».

Respecto al rechazo de los argumentos de amnistía, prescripción y media prescripción, la abogada comentó que “se trata de criterios ya asentados hace muchos años en la jurisprudencia de nuestros tribunales superiores de justicia, y solo demuestran el gran trabajo de nuestros tribunales de incorporar el derecho internacional de los derechos humanos a sus decisiones. Los crímenes de lesa humanidad no prescriben, no son amnistiables y la pena impuesta debe ser acorde y proporcional a la naturaleza y gravedad de los hechos, de los más graves posibles de cometer”, puntualizó.

Juan Héctor Moraga Garcés, era casado, padre de cinco hijos y tenía 32 años al momento de su detención, el 22 de julio de 1976.

Según la investigación, Moraga, había participado en un partido de fútbol con trabajadores del Hospital Militar de Santiago, que estaba en construcción. Se separó de sus amigos a las 22:00 horas en la Avenida Bernardo O’Higgins con Chacabuco y se dirigió a su hogar, donde no llegó ni esa noche ni al día siguiente y hasta la fecha figura en calidad de detenido desaparecido.

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