Corte de Santiago confirmó fallo que ordenó entrega de información sobre vacunas contra el covid-19

La Sexta Sala del tribunal de alzada declaró ajustada a derecho la resolución, al tratarse de información que no está sujeta a causal de reserva o secreto.

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó los reclamos de ilegalidad interpuesto por los laboratorios farmacéuticos Saval S.A. y Pfizer Chile S.A. y confirmó la resolución, adoptada por el Consejo para la Transparencia (CPLT), que ordenó a la Subsecretaría de Salud Pública la entregar de información sobre datos clínicos o especificaciones técnicas de las vacunas utilizadas en Chile en contra el coronavirus.

En fallos unánimes, la Sexta Sala del tribunal de alzada, integrada por el ministro Antonio Ulloa, la ministra Verónica Sabaj y el abogado Michael Camus, declaró ajustada a derecho la resolución impugnada, al tratarse de la información que no está sujeta a causal de reserva o secreto.

La resolución 

Para el tribunal de alzada, en la especie: “(…) se estima como ajustado a derecho, lo sostenido por la autoridad recurrida en torno a señalar que la divulgación de la información cuya entrega se ordena, es trascendental para efectos de generar confianza pública en un contexto de ausencia de coordinación y lineamientos precisos por parte de los organismos multilaterales y de los diversos Estados, sobre el control, distribución y transparencia del proceso de vacunación mundial, que en la actualidad, se encuentra encomendado a la industria farmacéutica y sujeto a la capacidad de gestión y negociación de cada nación»

En este contexto, «la exigencia de mayor transparencia a la industria farmacéutica sobre la información relacionada con las vacunas en el marco de la pandemia sanitaria producto del Covid-19, (…) se advierte la necesidad de que la Industria Farmacéutica otorgue un mayor acceso a los datos clínicos o especificaciones técnicas de las vacunas, para efectos de permitir, entre otras cosas, que los ciudadanos ‘confíen en las vacunas y los fármacos que se les administran»». agregó el fallo.

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