30° Juzgado Civil de Santiago ordena al fisco indemnizar a dirigente sindical torturado en comisaría y Estadio Nacional

Pagar una indemnización de perjuicios de $12.000.000 por concepto de daño moral, a Pedro Fernando Toledo Rivera, dirigente sindical de la otrora Caja Bancaria de Pensiones

El Trigésimo Juzgado Civil de Santiago condenó al fisco a pagar una indemnización de perjuicios de $12.000.000 por concepto de daño moral, a Pedro Fernando Toledo Rivera, dirigente sindical de la otrora Caja Bancaria de Pensiones, quien fue detenido el 4 de octubre de 1973 y sometido a torturas en la Primera Comisaría de Carabineros y en el Estadio Nacional.

En la sentencia, la magistrada Daniela Royer Faúndez rechazó las excepciones de reparación integral y prescripción presentadas por el fisco, tras establecer que Toledo Rivera fue víctima de un crimen de lesa humanidad, imprescriptible en sede penal y civil.

“Que si bien la demandada no ha cuestionado la configuración del daño moral padecido por el actor, sino únicamente la procedencia o cuantía de la suma pedida a su respecto, la parte demandante acompañó un informe sicológico, elaborado por la psicóloga doña Carolina Canales Cortés, que concluye que don Pedro Fernando Toledo Rivera, presenta trastorno de estrés post traumático de carácter grave y extremo, daños, secuelas psicológicas, físicas y alteraciones en su salud mental”, planteó el fallo.

La resolución agregó: “Que el informe sicológico aludido, devela que la vida del actor, producto de la prisión política y torturas de que fue objeto, sufrió un vuelco, presentando incluso actualmente, más de cuarenta y nueve años después de los infaustos sucesos, secuelas tales como: flashback o analepsis, que se manifiestan de manera frecuente interrumpiendo su vida cotidiana, la re-experimentación durante el día o la noche, lo que causa problemas en el desarrollo normal de sus actividades; presenta episodios de ansiedad que se manifiesta principalmente con alteraciones físicas y emocionales, respiración agitada, ahogos, irritabilidad, frustración, reacciones de sobresalto, que causan problemas físicos debido a su edad; problemas de desconcentración, y depresión, negando lo que le ocurrió desde un foco interno; pérdida de la habilidad de relacionarse socialmente, manteniendo lo básico, desconfianza y temor a las autoridades civiles y uniformadas, con consecuencias en el ámbito laboral y personal, en vida íntima de pareja, y en general en relaciones socioafectivas, y psicosociales de la víctima; en definitiva, sentimientos de desesperanza, y frustración, truncando sus expectativas de vida y desarrollo humano”.

“Que correspondiendo avaluar prudencialmente el daño moral padecido por el actor, y teniendo en cuenta el tiempo que permaneció privado de libertad sufriendo de torturas, y la reparación pecuniaria ya recibida de parte del demandado, este daño será estimado en la suma de $12.000.000”, concluyó.

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