Valorable actuación del Fiscal de la Corte Penal Internacional

Por Edgardo Riveros, exsubsecretario de RREE y académico UCentral.

Es destacable que el Fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI), en ejercicio de sus atribuciones, esté actuando ante las violaciones al derecho humanitario que se han producido, particularmente a partir del 7 de octubre pasado, en territorio de Israel y en el Estado de Palestina (en la franja de Gaza).

El Fiscal Karin Khan, fundamentando su decisión para solicitar ordenes de arresto, ha individualizado responsables de crímenes de guerra y contra la humanidad, tanto a líderes de Hamas Yahya Sinwar, Mohamed Diab Ibrahim Al-Masri e Ismail Haniteh; y del gobierno de Israel Benjamín Netanyahu, primer ministro y Yoav Gallant, ministro de defensa.

La CPI es competente para conocer de los crímenes señalados, además de genocidio. Su misión es perseguir las responsabilidades individuales de quienes tiene mando suficiente para ordenar acciones que provocan estos crímenes internacionales. Los antecedentes que entrega el Fiscal son contundentes, cuyos elementos de sustentación se han podido conocer a través de diversas informaciones en estos más de siete meses. En base a ello deberá pronunciarse la Sala de Cuestiones Preliminares de la Corte.

Especial atención han merecido en el libelo acusatorio la violencia y crueldad de la acción de Hamas del 7 de octubre, la captura de rehenes y sus consecuencias. Por otra parte, se hace hincapié en la forma y efectos de la represalia de Israel, en particular se destaca la desproporción de ésta y utilización del hambre como instrumento de guerra en la franja de Gaza. La actuación de ambas Partes ha tenido como resultado víctimas civiles, muchos de ellos mujeres y niños.

Es destacable también el equilibrio con que se conduce el Fiscal de la CPI, al actuar por igual ante los liderazgos de Hamas y de Israel, a todas luces radicalizados y que han constituido un obstáculo para abrir caminos que hagan viable una paz estable en la región.

Hay que tener presente, que la Fiscalía fundamenta jurídicamente su jurisdicción en el caso e invoca el principio de complementariedad y llama a la cooperación de los Estados Parte de dicho Estatuto.

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