Corte Suprema emite informe sobre proyecto que refuerza la reserva en procesos penales y alerta sobre impacto judicial

Concluye que el proyecto busca fortalecer la reserva de información en los procesos penales y sancionar las filtraciones, pero subraya la importancia de conservar los actuales mecanismos de control jurisdiccional.

La Corte Suprema emitió su informe sobre el proyecto de ley que busca fortalecer la protección de antecedentes en procesos penales y sancionar su divulgación indebida, iniciativa que modifica diversos cuerpos legales, entre ellos el Código Procesal Penal (CPP) y el Código Penal.

El análisis del texto legal fue realizado en sesión de Pleno el pasado lunes 12 de mayo, y su informe fue remitido el lunes 26 a la presidencia del Senado. La iniciativa contempla tres reformas principales que, según el máximo tribunal, afectan directamente el ámbito de acción del Poder Judicial: la limitación del derecho a querellarse en delitos específicos, la ampliación del secreto investigativo y la creación de un “anexo reservado” en las carpetas investigativas.

Modificaciones a la querella y al secreto investigativo

Respecto a la modificación del artículo 111 del CPP, la Corte valoró la intención de evitar un uso instrumental de la querella en causas de alto impacto público, al exigir un “interés legítimo y directo” del querellante en delitos como terrorismo o corrupción. No obstante, recordó que el artículo 114 del mismo código permite revisar judicialmente esta decisión, por lo que estima resguardados los derechos de los intervinientes.

Sobre el artículo 182, que regula el secreto investigativo, el informe señala que la extensión del plazo hasta 90 días «parece razonable», siempre que se mantengan los actuales controles: identificación clara de los antecedentes protegidos, exclusión de aquellos que por ley no pueden estar sujetos a secreto —como las declaraciones del imputado— y la posibilidad de que el juez de garantía ponga fin a la medida en cualquier momento.

Sin embargo, la Corte plantea la necesidad de aclarar si el nuevo plazo es acumulativo al régimen vigente de 40 días prorrogables o si se trata de un mecanismo autónomo. Además, sugiere precisar si dicho plazo podrá o no prorrogarse, para garantizar seguridad jurídica y mantener el carácter excepcional del secreto investigativo.

Nueva figura del “anexo reservado”

El informe también se refiere al nuevo artículo 182 bis, que habilita al fiscal a separar ciertos antecedentes sin valor investigativo directo y mantenerlos en un anexo reservado. Para el Pleno, esta figura debe considerar la participación de la defensa del imputado en la audiencia reservada en que se decida su incorporación.

Asimismo, advierte sobre el posible impacto que esta reforma tendría en la carga de trabajo de los jueces de garantía. «La materia podría implicar el desarrollo de audiencias complejas y extensas, cuyo número dependerá del uso que el Ministerio Público haga de esta facultad y de la reacción de los imputados», señala el texto, sugiriendo que se evalúe el refuerzo del sistema judicial si esta disposición prospera.

Concluye que el proyecto busca fortalecer la reserva de información en los procesos penales y sancionar las filtraciones, pero subraya la importancia de conservar los actuales mecanismos de control jurisdiccional. A la vez, llama a precisar aspectos técnicos del articulado para evitar vacíos legales que puedan afectar el debido proceso o sobrecargar al sistema judicial.

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