Presidente reelecto de Ecuador presenta nuevo proyecto de ley urgente económica

La iniciativa se denomina "Proyecto de Ley Orgánica para desarticular la economía criminal vinculada al conflicto armado interno".

El presidente reelecto de Ecuador, Daniel Noboa, quien tomará posesión del cargo el próximo 24 de mayo, envió este sábado un proyecto de ley económica urgente a la nueva Asamblea Nacional (parlamento unicameral) que inició sus funciones la semana pasada para el periodo 2025-2029.

La iniciativa se denomina «Proyecto de Ley Orgánica para desarticular la economía criminal vinculada al conflicto armado interno».

El presidente del parlamento, Niels Olsen, del movimiento oficialista ADN, indicó desde su cuenta en la red social Z que recibió este proyecto «para desarticular la economía criminal ligada al conflicto armado interno», enviado por el Ejecutivo con carácter urgente en materia económica.

«Sabemos lo importante que es para el país avanzar en seguridad y enfrentar con firmeza a los grupos criminales», señaló.

La iniciativa busca dar una respuesta del Estado de manera «integral y contundente» para enfrentar los grupos criminales en el país, con la implementación de medidas para neutralizar a los grupos armados organizados y priorizar la protección de la ciudadanía, la seguridad nacional y el restablecimiento del orden público.

Este proyecto plantea la creación y formación de jueces especializados en conflicto armado interno, a cargo del Consejo de la Judicatura, que tendrá 90 días desde la entrada en vigencia de la ley. De igual modo, la Fiscalía General del Estado deberá proceder en similares términos para la creación y formación de jueces especializados en esta área.

Entre varios puntos, el proyecto plantea «de manera excepcional y debidamente motivada» que el Bloque de Seguridad (integrado por Policía y Fuerzas Armadas) pueda disponer la detención con fines investigativos de personas integrantes de grupos armados organizados.

No obstante, señala que «en ningún caso, la detención podrá durar más de 24 horas» y transcurrido este lapso el detenido será puesto a órdenes del fiscal especializado conforme el procedimiento unificado y especial para el juzgamiento y sanción de delitos.

Propone, además, que en el caso de los delitos contra personas y bienes protegidos durante el conflicto armado interno decretado, la prisión preventiva será la «medida cautelar útil y eficaz» para asegurar la comparecencia del implicado en el proceso en su contra y el cumplimiento de la pena, y no cabrá la suspensión de esta decisión o sustitución por otra.

En tanto, en otro punto señala que si el procesado es un miembro activo de la Policía Nacional o las Fuerzas Armadas, y el hecho investigado guarda relación con el cumplimiento de su deber, en ningún caso se aplicará la prisión preventiva, ni el arresto domiciliario ni uso del dispositivo electrónico, y este continuará en su puesto, siendo su jefe inmediato el que reporte cada 15 días sobre su presencia en territorio nacional.

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