
Felipe VI concede sus primeros títulos nobiliarios y designa a Luz Casal marquesa de Luz y Paz
El monarca español, ha designado a Rafa Nadal como marqués de Llevant de Mallorca; a Teresa Perales como marquesta de Perales; y a Luz Casal como marquesa de Luz y Paz, los tres con carácter hereditario.
El Rey Felipe VI ha concedido este jueves los primeros títulos nobiliarios de su reinado, designando marqueses, entre otros al tenista Rafa Nadal, la nadadora Teresa Perales y la cantante Luz Casal, según ha informado Zarzuela.
El monarca no había concedido hasta ahora ningún titulo nobiliario en sus diez años de reinado y la decisión se produjo justo en el undécimo aniversario de su llegada al trono.
En concreto, ha designado a Rafa Nadal como marqués de Llevant de Mallorca; a Teresa Perales como marquesta de Perales; y a Luz Casal como marquesa de Luz y Paz, los tres con carácter hereditario. El bioquímico y biólogo molecular Carlos López Otín será marqués de Castillo de Lerés, con carácter vitalicio, y a la fotógrafa Cristina García Rodero nueva marquesa del Valle de Alcudia, con carácter hereditario.
Según ha sostenido la Casa del Rey, todos ellos son «exponentes de la excelencia» por sus respectivas trayectorias, ya sea al servicio de la Corona o en el ámbito del pensamiento, la cultura, la ciencia, las artes y el deporte.
«Son fuente de orgullo para España y son referencia permanente de valores que deben de inspirar a nuestra sociedad y que se reflejan, tanto en el discurso de proclamación» del Rey el 19 de junio de 2014, como en los principios de servicio, compromiso y deber que imprime a su reinado, han precisado.
La concesión de títulos nobiliarios es una perrogativa del Rey, que tiene la potestad de «conceder honores y distinciones con arreglo a las leyes» conforme al artículo 62 apartado f de la Constitución de 1978.
Esta se materializa a través de una real carta y es efectiva una vez se publica el real decreto de concesión en el Boletín Oficial del Estado (BOE), en el que se especifican los detalles y condiciones del título otorgado.
Estos derechos honoríficos no se pueden vender ni comprar y suelen ser hereditarios, recayendo en el primogénito. En algunos casos pueden revertir a la Corona al quedar vacante el título por no haberse ejercido durante un cierto tiempo las acciones encaminadas a su adquisición o transmisión.