
El ministro de Hacienda, Mario Marcel, anunció que el Gobierno ingresará un proyecto de ley con beneficios tributarios para micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), además de medidas enfocadas en la clase media.
La propuesta también contempla modificaciones a regímenes tributarios existentes y un esquema de compensación que involucra ajustes en el impuesto global complementario y cambios en el régimen de fondos de inversión.
Medidas para mipymes
Uno de los pilares del proyecto es que las empresas de menor tamaño no pagarán impuesto de primera categoría, ya que dicho tributo se imputará directamente a la declaración de global complementario de los dueños.
Además, se incorpora un monotributo, que será un régimen transitorio por los primeros dos años de vigencia de microempresas con ventas por debajo de un cierto umbral. Este mecanismo permitirá simplificar todas las obligaciones tributarias y previsionales en un solo pago fijo mensual, incluyendo las cotizaciones para pensiones del propietario.
También se incluye un beneficio de IVA durante los dos años siguientes, como incentivo para el crecimiento y desarrollo de estas empresas.
Beneficios para clase media
El ministro Marcel también anunció que el proyecto incorporará medidas dirigidas a aliviar la carga tributaria de la clase media, entre ellas:
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Crédito tributario por gastos de arriendo, con tope anual de 8 UTM (alrededor de $660.000 mensuales o $6,6 millones anuales).
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Modificaciones operativas al crédito por gastos en educación.
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Extensión del límite al pago de contribuciones para adultos mayores.
Ajustes al impuesto global complementario
Según detalló Marcel, el paquete tendrá un costo fiscal de aproximadamente US$1.000 millones anuales, que será compensado mediante tres principales cambios:
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Ajuste al impuesto global complementario en los dos tramos superiores, regresando al esquema previo a la reforma de 2014. Esto implica una tasa marginal máxima del 40% para rentas sobre 150 UTA anuales (equivalente a más de $8,2 millones mensuales).
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Cambios al régimen de fondos de inversión, particularmente en los fondos privados, que solo mantendrán beneficios tributarios si están orientados al capital de riesgo.
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Medidas de focalización del gasto tributario, asegurando que los beneficios lleguen a quienes más los necesitan.