Contralora explica que Presidente tiene un “estatuto especial” sobre presindencia

Dorothy Pérez explicó que el Jefe de Estado no se rige por el estatuto de funcionarios públicos, sino por la Constitución.

La Contralora General de la República, Dorothy Pérez, aclaró que el Presidente de la República se encuentra bajo un estatuto especial, distinto al de los funcionarios públicos, por lo que no corresponde aplicar el mismo marco normativo ante eventuales faltas.

La declaración se dio en medio de la polémica por los dichos de Gabriel Boric, quien aseguró que Jeannette Jara representa un mejor gobierno, lo que fue interpretado por la oposición como intervencionismo electoral.

Durante su presentación ante la Comisión de Gobierno de la Cámara de Diputados, Pérez fue enfática al señalar:

“La situación específica del Presidente de la República está regulada en la Constitución y tiene un estatuto especial que no es el mismo de los funcionarios públicos”.

En ese sentido, recalcó que los servidores del Estado sí están sujetos a límites claros respecto a su participación política. “Los funcionarios públicos también tienen derechos civiles, pueden ejercer actividades y marcar sus preferencias, incluso hacer campañas fuera de su jornada, sin recursos públicos, sin usar las dependencias del servicio ni sus bienes”.

Estatuto especial

Pérez explicó que, a diferencia de otros funcionarios, al Presidente no se le puede instruir un sumario administrativo. En cambio, la única vía para evaluar su conducta sería a través de una Acusación Constitucional.

“El estatuto de los funcionarios públicos, de los subsecretarios y de distintas autoridades, que se rigen por esas normas está bien claro e instruido por la Contraloría en sus distintos instructivos que emite cada vez que hay elecciones”, manifestó.

“En cambio el estatuto del Presidente de la República y los ministros tiene particularidades. En la Constitución tenemos el estatuto del Presidente”.

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