
Caso Factop: Corte de Apelaciones revoca suspensión condicional en “arista Larraín Vial”
El tribunal de alzada consideró que no se cumplen con los requisitos para acceder a la salida alternativa, ya que existen dos personas adultas mayores entre los inversores víctimas de las operaciones ilegales.
La Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso contra la decisión del Cuarto Juzgado de Garantía que había aprobado la suspensión condicional del procedimiento a ocho imputados en la denominada “arista Larraín Vial” del caso Factop.
En su fallo, la Novena Sala —integrada por el ministro Hernán Crisosto, la ministra Elsa Barrientos y el abogado (i) Luis Hernández— determinó que no se cumplen los requisitos legales para acceder a la salida alternativa, ya que entre las víctimas figuran al menos dos adultos mayores, lo que constituye una agravante establecida en el artículo 12 N°22 del Código Penal.
Según la resolución, esta circunstancia debía haber sido considerada por el Ministerio Público y el tribunal al evaluar la procedencia de la suspensión, pues incide directamente en la eventual pena y en la gravedad de los hechos, que afectan la fe pública y la confianza en el sistema financiero.
En consecuencia, la Corte resolvió rechazar la suspensión condicional respecto del hecho 9.2 de la formalización, manteniendo la causa en tramitación.