Cámara aprueba y despacha a ley multa por no votar y cambios en derecho a sufragio de extranjeros

Cámara despachó a ley los proyectos que fijan el monto de la multa por no cumplir con el voto obligatorio, así como los nuevos requisitos para que extranjeros puedan votar en elecciones en Chile.

Con 127 votos a favor, 7 en contra y 11 abstenciones, la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó y despachó a ley dos proyectos que modifican las normas electorales: uno que establece multas por no concurrir a votar y otro que cambia los requisitos para que extranjeros puedan sufragar en Chile.

Ambas iniciativas —boletines 13.105 y 17.823— fueron fruto de un acuerdo transversal entre el Ejecutivo y diversas bancadas del Congreso. El consenso permitió reponer la sanción por no votar, rechazada en la primera tramitación, y tramitar en conjunto la reforma constitucional sobre el voto de extranjeros.

Multa por no votar

La nueva norma fija en la Ley 18.700 una sanción para quienes no cumplan con el voto obligatorio: entre 0,5 y 1,5 UTM, es decir, entre $34 mil y $104 mil aproximadamente.

La multa no se aplicará en los casos de:

  • Enfermedad, ausencia del país o estar a más de 200 kilómetros del local de votación.

  • Desempeñar funciones legales vinculadas al proceso electoral.

  • Personas con discapacidad debidamente certificada.

  • Otros impedimentos graves acreditados ante el juez de policía local.

El beneficio de exención no incluye a los extranjeros con derecho a voto, ya que la norma considera como “ciudadanos” solo a chilenos y nacionalizados.

Requisitos para extranjeros

El segundo proyecto modifica la Constitución y establece que los extranjeros podrán votar en Chile solo tras 10 años de residencia ininterrumpida en el país, contados desde la obtención de la residencia definitiva.

Para este cómputo, no podrán registrar salidas del país por más de 90 días dentro de un período de 12 meses.

La nueva regla regirá desde 2026, por lo que en las elecciones de noviembre de 2025 seguirá aplicándose la norma actual, que permite votar a extranjeros con al menos cinco años de residencia temporal.

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El Periodista