Corte de La Serena ordena eliminar comentarios injuriosos contra médica en redes sociales

El tribunal de alzada acogió un recurso de protección presentado por el Servicio de Salud Coquimbo en favor de una profesional, tras la difusión de mensajes difamatorios en Facebook. La resolución subraya que la libertad de expresión no puede amparar ataques a la honra.

La Corte de Apelaciones de La Serena acogió un recurso de protección presentado por el Servicio de Salud Coquimbo en favor de una médica que fue víctima de comentarios injuriosos y difamatorios en la red social Facebook.

En un fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada, integrada por el ministro Juan Carlos Espinosa y las ministras Macarena Navarrete y Jimena Pérez, ordenó a las cinco usuarias responsables de las publicaciones eliminar los mensajes ofensivos y abstenerse de realizar nuevas publicaciones de ese tipo en el futuro.

El tribunal determinó que los mensajes publicados “menoscaban a la recurrente como profesional de la salud” y afectan su reputación ante terceros.

“De los documentos allegados al proceso se desprende que las recurridas efectuaron diversos comentarios en contra de la protegida, los que de su propio tenor se entiende la menoscaban como profesional de la salud y, por ende, afectan la imagen que terceros tienen o pudieran tener de ella”, señala la sentencia.

Libertad de expresión con límites

En su resolución, la Corte fue enfática en señalar que la libertad de expresión no puede amparar ataques personales ni deshonrosos.

“Independiente de la veracidad o no de las imputaciones consignadas en los comentarios (…), lo cierto es que se realizaron expresiones con características difamatorias e injuriosas, incurriéndose en una acción arbitraria que vulnera el derecho a la honra de la recurrente”, argumenta el fallo.

El tribunal añadió que Facebook no es “la vía idónea” para resolver diferencias o denuncias, y que en este caso, el ejercicio de la libertad de expresión “debe ceder ante la protección de la honra de la persona afectada”.

Finalmente, el tribunal resolvió acoger el recurso de protección sin costas, ordenando la eliminación inmediata de la publicación y los comentarios en Facebook y en cualquier otra plataforma donde hayan sido difundidos.

Asimismo, instruyó a las recurridas “abstenerse en lo sucesivo de realizar actos como el que dio origen a la presente acción”.

El fallo de la Corte de La Serena se suma a una serie de decisiones judiciales recientes que buscan poner límites a la difusión de contenidos ofensivos en redes sociales, marcando un precedente sobre la responsabilidad individual en el uso de plataformas digitales.

La sentencia refuerza la idea de que el derecho a expresarse libremente debe convivir con el respeto a la honra y la integridad de las personas, especialmente en un espacio público y masivo como las redes sociales.


Fuente: Poder Judicial de Chile / El Periodista.

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El Periodista