
Corte Suprema cuestiona proyecto de ley que ordena al SML identificar restos de víctimas de la dictadura sin orden judicial
Máximo tribunal advierte que el Servicio Médico Legal no es auxiliar de la justicia y que la propuesta no se vincula con las atribuciones judiciales, aunque subraya la necesidad de fortalecer su capacidad operativa.
La Corte Suprema emitió hoy su informe oficial sobre el proyecto de ley que busca instruir al Servicio Médico Legal (SML) a identificar los restos humanos bajo su custodia pertenecientes a presuntas víctimas de violaciones a los derechos humanos, incluyendo aquellos casos en que no exista una orden judicial previa. La iniciativa —Boletín N.º 17.095-17— se encuentra en primer trámite constitucional y fue remitida al tribunal por la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputadas y Diputados.
Máximo tribunal: consulta no corresponde al ámbito del artículo 77 de la Constitución
En su dictamen, acordado en sesión del Pleno, la Corte Suprema señala que el proyecto no se enmarca en las materias que requieren su pronunciamiento obligatorio, de acuerdo con el artículo 77 de la Constitución y el artículo 16 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso.
Pese a ello, el tribunal entregó observaciones sustantivas, precisando primero que el SML no es un auxiliar de la administración de justicia, dado que no integra el Poder Judicial ni está regulado como tal en el Código Orgánico de Tribunales.
“El Servicio Médico Legal es un órgano dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, por lo que no corresponde catalogarlo como auxiliar de la justicia”, enfatiza el informe.
Proyecto busca acelerar identificación de detenidos desaparecidos
La propuesta legislativa instruye al SML a realizar pericias para identificar restos óseos sin que medie orden judicial, otorgando prioridad a casos vinculados al terrorismo de Estado entre 1973 y 1990. También obliga a emitir informes semestrales a las comisiones de Derechos Humanos del Congreso y fija un plazo máximo de dos años para completar el proceso.
El objetivo —según la moción parlamentaria— es enfrentar la demora histórica del Estado en la identificación de víctimas de desaparición forzada y ejecuciones políticas, cuyos restos permanecen en custodia del SML desde hace décadas. La iniciativa acusa negligencia institucional, traslado repetido de osamentas y deterioro de material genético debido a malas condiciones de conservación.
El tribunal cuestiona uno de los supuestos de la moción: que existirían restos óseos en el SML sin pericias por falta de orden judicial. La Corte recuerda que todo ingreso de restos al Servicio se realiza bajo instrucción previa del Ministerio Público o de un juez, conforme al Código Procesal Penal o al antiguo Código de Procedimiento Penal.
Además, observa una inconsistencia en la idea de priorizar “restos vinculados a violaciones a los derechos humanos”, puesto que la calificación de una muerte como violación de derechos humanos es resultado de la investigación pericial y no una definición previa.
Capacidad operativa del SML: un punto crítico
Si bien la Corte Suprema no identifica afectación directa a la función jurisdiccional, advierte que la propuesta debe garantizar que el SML pueda cumplir efectivamente sus funciones actuales además de las nuevas tareas planteadas por el proyecto, especialmente considerando el alto nivel técnico de las pericias tanatológicas y genéticas.
Asimismo recuerda que el SML ya cuenta con unidades especializadas, como la Unidad de Víctimas de la Dictadura, que trabaja coordinadamente con el Ministerio Público, tribunales, la PDI y el Plan Nacional de Búsqueda.
Conclusión del tribunal
En su resolución final, la Corte Suprema:
- Reitera que la materia consultada no corresponde a las previstas en el artículo 77, por lo que su pronunciamiento no era requerido.
- Aclara que el SML no es auxiliar de la administración de justicia.
- Sostiene que el proyecto no afecta atribuciones judiciales, pues su contenido se orienta a mecanismos de reporte al Congreso.
- Advierte que la propuesta debería asegurar los recursos y capacidades necesarias para que el SML cumpla tanto con sus obligaciones actuales como con las nuevas funciones previstas.
El informe ya fue enviado a la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara, que deberá continuar la tramitación parlamentaria del proyecto.
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