
Minsal regula apoyo estatal para niños y niñas trans: bajo 14 años requerirán autorización familiar
De esa manera el Minsal anuló lo señalado por el reglamento de la Ley de Identidad de Género, así como por sus propias orientaciones técnicas del 2021 y del 2023.
El Ministerio de Salud publicó el pasado 5 de diciembre una nueva circular que solicita autorización familiar a los menores trans de 14 años para ingresar al Programa de Apoyo a la Identidad de Género (PAIG) una medida lamentada por el Movilh “en tanto no resuelve los problemas de discriminación que pueden sufrir niños y niñas en sus entornos más cercanos”.
La circular 8, firmada por el subsecretario de Redes Asistenciales del Minsal, Bernardo Martorell Guerra, instruye a todos los servicios de salud para utilizar un “documento que establezca la autorización para la participación en el Programa de Acompañamiento a la Identidad de Género, en todos los niños, niñas y adolescentes menores de 14 años”
La medida fue adoptada en virtud de la Ley N°21.722 de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2025, donde se estableció que “deberá garantizarse la autorización de los padres, madres o representantes legales para la participación en dicho programa en el caso de niños y niñas menores de catorce años». Más aún, indica esa ley, «constituirá una vulneración grave al principio de probidad ejercer coacción, amenazas, presión indebida o cualquier forma de intimidación sobre los padres, madres o representantes legales de los niños, niñas o adolescentes involucrados, con el fin de que accedan a autorizar participación en contra de su voluntad».
En tal sentido, la circular 8 consideró que “dado el carácter de la ley N°21.722, y su mayor jerarquía normativa respecto al decreto N°3/2019, para que el NNA menor de 14 años pueda ingresar al PAIG deberá contarse además con la autorización de su padre, madre, o representante legal, bastando para este efecto con la autorización de uno de ellos. En razón de lo anterior, la manifestación de voluntad del niño, niña o adolescente será suficiente para permitir su ingreso al PAIG sólo si éste tiene 14 años o más”
El mencionado Decreto 3, publicado el 29 de agosto del 2019 por la administración del entonces presidente Sebastián Piñera, reglamenta la aplicación del artículo 26 de la Ley de Identidad de Género, referente al PAIG, sin establecer edades para que los menores de 18 años pudiesen acceder al programa, con o sin el consentimiento de sus familias. Por el contrario, solo obligaba a informar a padres y madres “La voluntad del niño, niña o adolescente de participar en el programa deberá ser informada a su representante legal. Si el niño, niña o adolescente tuviere más de uno, sólo se informará al que dicho niño, niña o adolescente señale”, indica el artículo 5 del reglamento
A su vez, las orientaciones técnicas para el acompañamiento psicosocial del PAIG, aprobada en 2023 por la Subsecretaría de Salud Pública de la administración del presidente Boric, aconsejó lo que debería hacer el Estado si los tutores legales de un niño o niña se oponía a su ingreso al Programa.
“En el caso de familias y/o cuidadores que no acepten la voluntad del NNA de participar, el equipo de salud resguardará el respeto de esa decisión mediante acciones como un trabajo de sensibilización de familias y/o cuidadores resistentes, y/o implementando acciones de protección para el NNA, y activación de procedimientos de denuncia o protección judicial”, señalaban tales orientaciones.
Añadían que si se “identifica que la persona representante legal se opone a que el NNA ingrese al Programa, a pesar de que el NNA sí manifiesta su voluntad de participar, y/o se sospeche de la existencia de alguna situación de vulneración de derechos, el equipo del Programa deberá realizar las acciones que corresponda, y coordinar una instancia de atención con la Oficina Local de la Niñez (OLN) o la Oficina de Protección de Derechos (OPD), para la protección de sus derechos. Asimismo, si existe sospecha de delito se deberá hacer la denuncia respectiva a Carabineros, Policía de Investigaciones o tribunales con competencia penal, según el flujo acordado en el establecimiento. Al mismo tiempo, podrá establecer las gestiones que correspondan para favorecer la participación del NNA en el Programa de Acompañamiento, siempre respetando su voluntad y velando por su interés superior”.
A su vez, las denominadas “Recomendaciones para la implementación del programa de acompañamiento para niños, niñas y adolescentes trans y género no conforme”, aprobadas en 2021 por la Subsecretaría de Salud Pública bajo la administración de Piñera, señalaban algo similar. “En caso de que el representante legal se oponga a que el niño o niña ingrese, esto no obsta el acceso del niño o niña al programa. No obstante, si aquello obstruye su continuidad, a pesar de que el niño o niña expresa su deseo de participar, o se sospeche de alguna situación de vulneración de derechos, el equipo del programa deberá realizar las acciones de gestión y/o legales que correspondan”, indicaba.
Reacción del Movilh
Tras conocer la circular número 8, la vocera del Movilh, Javiera Zúñiga, sostuvo que “tanto el Minsal como el Congreso Nacional, en la Ley de Presupuestos 2025, están pasando por alto el espíritu de la Ley de Identidad de Género, toda vez que el PAIG fue creado por esa norma para dar respuesta a los menores de 14 años y sus familias. Esto justamente porque la Ley no regula de manera explícita el cambio de nombre y sexo legal de menores de 14 años, surgiendo el PAIG como solución a ese vacío”.
Añadió que “el Estado ha demostrado ser tan insensible como inexperto para abordar la realidad de niños y niñas trans menores de 14 años, y ha preferido ceder a una campaña de desinformación y discriminación impulsada por diversos sectores, en vez de buscar soluciones. Las personas trans saben de temprana edad sobre su identidad, pero ahora niños y niñas quedan en total indefensión y falta de todo apoyo estatal para su desarrollo si su familia se opone”.
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