Senado avanza en reforma que duplica firmas exigidas a independientes para postular a la Presidencia

La Comisión de Gobierno aprobó un proyecto que endurece los requisitos para candidaturas presidenciales sin militancia y que también fija nuevas exigencias para la conformación de partidos. La iniciativa tiene suma urgencia del Gobierno.

La Comisión de Gobierno del Senado aprobó este jueves una reforma que eleva de manera significativa los requisitos para que candidatos independientes puedan competir por la Presidencia de la República, duplicando el número actual de firmas necesarias y reforzando las condiciones para la existencia y el funcionamiento de los partidos políticos.

El ministro del Interior, Álvaro Elizalde, informó tras la sesión que la iniciativa busca “mejorar las herramientas para enfrentar la atomización creciente del sistema político” y fortalecer organizaciones partidarias más representativas.

Actualmente, quienes no militan en partidos deben reunir 35.000 firmas notariales para inscribir una candidatura presidencial. La reforma aprobada en comisión reemplaza ese número por un 0,5% del padrón electoral definitivo, lo que equivale aproximadamente a 70.000 firmas, casi el doble del requisito vigente.

Nuevas exigencias para los partidos políticos

El proyecto también establece que las colectividades deberán contar con un mínimo de 0,5% del padrón electoral para constituirse legalmente. Además, al presentar candidaturas parlamentarias, al menos el 50% de los postulantes deberá ser militante del partido que los patrocina, una medida que busca frenar el fenómeno de listas integradas por independientes sin vínculo real con la organización que los inscribe.

Según Elizalde, estas modificaciones buscan “generar incentivos para tener partidos más representativos de las corrientes de opinión que existen en la sociedad chilena”.

La iniciativa cuenta con suma urgencia enviada por el presidente Gabriel Boric, lo que obliga al Senado y a la Cámara de Diputados a analizar, discutir y votar el proyecto en un plazo máximo de seis días.

Si ambas cámaras aprueban la reforma, será enviada de inmediato al Ejecutivo para su promulgación.

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El Periodista