
La Corte de Apelaciones de Santiago acogió la querella de capítulos presentada por el Ministerio Público en contra de la exministra de la Corte Suprema, Ángela Vivanco Martínez, quien es investigada por diversas irregularidades vinculadas a la trama Bielorrusa.
En un fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada —integrada por los ministros Fernando Carreño, Guillermo de la Barra y Fernando Valderrama— estimó que se cumplen todos los requisitos legales para dar curso al antejuicio solicitado por el Ministerio Público.
“De los antecedentes expuestos ante esta Corte por los intervinientes surgen indicios graves, precisos y concordantes en orden a que la imputada Ángela Vivanco Martínez, prevaliéndose de su rol como ministra de la Excma. Corte Suprema, aceptó retribuciones económicas por parte de dos abogados representantes de la empresa chileno-bielorrusa CBM (Eduardo Lagos y Mario Vargas), con quienes mantenía —a lo menos desde 2022— una relación de amistad, para favorecer los intereses de dicha empresa en su litigio judicial con Codelco durante los años 2023 y 2024”, señala el fallo.
Agrega que la exmagistrada no se inhabilitó pese a estar obligada a hacerlo y concurrió con su voto a decisiones que beneficiaron a la empresa CBM.
La resolución añade que, del análisis de los antecedentes, es plausible inferir que Vivanco, en su calidad de funcionaria pública, recibió dinero para ella y su conviviente a cambio de favorecer los intereses de CBM en causas en las que le correspondió intervenir como integrante del máximo tribunal, infringiendo el principio de probidad administrativa y sus deberes de abstención. Asimismo, sostiene que dichas sumas habrían sido recibidas con conocimiento de su origen ilícito, ocultando y disimulando su procedencia mediante diversas maniobras coordinadas con otros imputados mencionados en los cuatro capítulos de la querella.
La Corte también señala que, durante la tramitación del litigio judicial entre CBM y Codelco, la querellada incurrió en una serie de infracciones a las reglas de tramitación de causas, actuaciones que fueron detalladas en el informe de la Comisión de Ética constituida para investigar las irregularidades asociadas a su desempeño ministerial.
En ese contexto, el fallo precisa que, en esta etapa procesal, basta con constatar la existencia de antecedentes que permitan inferir una participación probable de la imputada en hechos punibles, quedando el análisis exhaustivo de la culpabilidad y de la prueba reservado para el juicio oral. Por ello, desestima las alegaciones de la defensa relativas a la insuficiencia probatoria, por tratarse de materias de fondo que exceden el ámbito del antejuicio.
Finalmente, la Corte de Apelaciones concluye que de los antecedentes acompañados en la querella y su ampliación surgen evidencias serias, graves y plausibles que permiten admitirla respecto de todos sus capítulos. En consecuencia, declaró admisibles todos los cargos formulados contra Ángela Francisca Vivanco, habilitando al Ministerio Público para formalizar la investigación y solicitar medidas cautelares personales en su contra.
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