Juzgado decreta arraigo nacional contra rectora y directores de colegio por quemaduras de alumnas

La medida fue solicitada por el Ministerio Público en el marco de una investigación por hechos ocurridos en 2023 al interior de un establecimiento educacional de la región de Coquimbo.

El Juzgado de Garantía de La Serena decretó la medida cautelar de arraigo nacional contra la rectora y miembros del directorio del Colegio Alemán de La Serena, imputados por dos cuasidelitos de lesiones que afectaron a alumnas de cuarto básico. La resolución fue adoptada tras la audiencia de formalización, donde además se fijó un plazo de 180 días para la investigación por hechos ocurridos en mayo de 2023.

Durante la audiencia, el magistrado Daniel Encina Mansilla acogió la solicitud presentada por la fiscalía, señalando que la medida cautelar era “adecuada y proporcional a los fines del procedimiento”. El tribunal consideró que los antecedentes expuestos justificaban el arraigo mientras se desarrolla la investigación penal.

Los hechos

Según informó el Ministerio Público, los hechos ocurrieron el 12 de mayo de 2023, en el casino del colegio. Dos alumnas de nueve años se encontraban en una fila para comprar en el quiosco cuando una de ellas se apoyó y la otra se colgó de un equipo de “baño María” que mantenía agua caliente. La estructura se volcó al no contar con sistemas de anclaje ni barreras de protección.

A raíz del accidente, el agua caliente cayó sobre las menores, provocándoles quemaduras graves en más del 42% de la superficie corporal. El periodo de cicatrización fue estimado entre 18 y 35 días, mientras que el tiempo de recuperación permanece indeterminado, ya que ambas niñas continúan en rehabilitación.

Respecto de las lesiones sufridas por las niñas, el juez sostuvo que “los resultados de las lesiones no se encuentran discutidos”, agregando que existen “informes médicos” que dan cuenta de “quemaduras en distintas partes de su cuerpo” que requirieron “atención médica de urgencia e injertos para su recuperación”.

En relación con la responsabilidad del establecimiento, el magistrado aludió al deber de garante del directorio, indicando que deben considerarse las normas de la Convención sobre los Derechos del Niño, en particular los derechos “a la educación, a la vida, a la salud y a la integridad física y psíquica”. Añadió que la investigación penal debe dirigirse “directamente con los responsables del establecimiento” para determinar eventuales responsabilidades.

El juez también hizo referencia a una posible negligencia institucional. En ese contexto, afirmó que existiría “una imprudencia un tanto negligente” del colegio al no contar con “protocolos, medidas de actuación u otras medidas que hubieran permitido reducir el riesgo”, especialmente considerando la gravedad de las lesiones.

El tribunal decretó que la medida de arraigo nacional se mantendrá vigente durante todo el plazo de investigación, sin perjuicio de futuras resoluciones que puedan adoptarse conforme avance el proceso penal.

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El Periodista