
SII anuncia medidas de alivio tributario para afectados por incendios en Ñuble y Biobío
El organismo informó la condonación de multas e intereses, además de facilidades especiales para declaraciones, donaciones y pérdidas contables en 16 comunas impactadas por la emergencia forestal.
El Servicio de Impuestos Internos (SII) anunció un conjunto de medidas de alivio tributario destinadas a apoyar a las personas y empresas afectadas por los incendios forestales que impactan a las regiones de Ñuble y Biobío, con el objetivo de facilitar el cumplimiento de sus obligaciones en el contexto de la emergencia.
Entre las principales acciones, el organismo publicó la Resolución N°14, que establece la condonación de intereses y multas para las y los contribuyentes que, producto de la catástrofe, no puedan pagar oportunamente sus obligaciones tributarias. El beneficio permitirá declarar y/o pagar los impuestos mensuales correspondientes a los Formularios 29 y 50, sin recargos, mediante el sistema en línea del SII.
La medida beneficiará a contribuyentes de 16 comunas de ambas regiones: en Ñuble, El Carmen, Quillón, Coelemu, San Ignacio, Pinto, San Fabián, Coihueco, San Nicolás y Ránquil; y en Biobío, Laja, Florida, Concepción, Penco, Tomé, Coronel y Santa Juana. El plazo para acceder a este beneficio se extenderá hasta el 28 de febrero de 2026, aplicándose de forma automática al momento de enviar la declaración respectiva en sii.cl.
Junto con ello, mediante la Circular N°4, el Servicio reiteró una serie de medidas especiales aplicables en situaciones de desastre. Entre ellas, se permitirá deducir como gastos necesarios para producir renta los montos destinados a prevenir, contener o mitigar la propagación de los incendios, así como aquellos desembolsos orientados a paliar sus efectos y resguardar la continuidad del negocio.
Respecto de las donaciones destinadas a enfrentar la emergencia, el SII recordó que estas no requieren autorización previa, ni están sujetas al límite de 250 Unidades Tributarias Mensuales cuando se trate de aportes en dinero o especies en contextos de calamidad pública. Asimismo, se mantiene vigente un procedimiento especial que otorga hasta seis meses de plazo para informar pérdidas de existencias en inventario ante la unidad del SII correspondiente al domicilio del contribuyente.
Finalmente, el organismo reiteró la condonación de multas por pérdida de libros contables o documentos tributarios, cuando dichos antecedentes hayan sido destruidos o extraviados producto de la catástrofe, para quienes se encuentren en las zonas afectadas.
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