Corte de Apelaciones ratifica arraigo nacional contra imputados del Caso ProCultura

La Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago decidió mantener la medida cautelar y dio un segundo revés al Ministerio Público y Fiscalía.

–Por Bruno Sepúlveda

La Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago decidió mantener la medida de arraigo nacional contra los imputados del Caso ProCultura. Luego de que el día de ayer ambas partes presentaran sus alegatos, fue hoy que el tribunal de alzada, cerca de las 11:00 horas, confirmó la decisión. Así, el Ministerio Público y Fiscalía sufren un segundo revés judicial, luego de insistir en la prisión preventiva.

La Corte siguió la misma línea que afirmó el Séptimo Juzgado de Garantía en primera instancia, sosteniendo que no se pudo acreditar un acuerdo de voluntades entre los imputados. Además, enfatizaron en que Alberto Larraín no actuaba como funcionario público al momento de ejercer como director de ProCultura. Por ello, se cae la imputación de fraude al fisco, ya que tal ilícito “exige la concurrencia que un sujeto activo debe ser empleado publico”.

Además, se sostuvo que “no se está ante un cuadro de antecedentes para decretar prisión preventiva”.

Tras la audiencia, el Fiscal Cristián Aguilar fue puntual: “La resolución ha sido comunicada por la Corte, no tengo nada que comentar por ahora”. Consultado por el rol del gobernador Claudio Orrego en el caso, sostuvo que “todos los antecedentes se encuentran contenidos en la solicitud de desafuero que fue presentada en la Corte de Apelaciones”.

En esa línea, viendo cómo se ha desarrollado la investigación para que ocurra el desafuero de Orrego, señaló que “esa es una situación que deberá resolver la Corte en su oportunidad mediante el tribunal pleno”.

No vamos a dar mayor comentarios por ahora”, cerró.

Golpes al Ministerio Público

El abogado de Alberto Larraín, Cristián Arias, fue tajante con las diligencias que ha realizado el Ministerio Público, señalando que “es evidente que no tiene un caso. Es evidente también que la decisión del juez de garantía estaba extremadamente fundada”. Por ello, afirmó que “cuatro jueces con sólidos fundamentos han dicho que el Ministerio Público no tiene un caso y no lo tiene”.

En cuanto a la relación de Claudio Orrego con Larraín, el abogado sostuvo que “es una situación pública que todos conocen. Hubo relaciones laborales previas evidentes, los dos son personajes públicos que tienen un vínculo previo y eso no existe como algo constitutivo de infracción al derecho”.

Además, insistió que el Ministerio Público hizo “afirmaciones que son falsas, no efectivas”. En paralelo, sostuvo que “ProCultura, como caso de la Fiscalía, partió desde el inicio de un mal entendimiento. Es una fundación con antecedentes sólidos, con una trayectoria conocida por todo el mundo, con actividades, con instituciones públicas y privadas que fueron hechas correctamente (…) No se puede considerar que Procultura es un caso ni de cerca, de corrupción o algo similar. Ni siquiera lo sostiene el Ministerio Público”. 

Por parte del abogado Sebastián Soto, defensor de María Constanza Gómez, aseveró que ella “pasó cuatro días privada de libertad por una orden de detención que (…) se solicitó en base a antecedentes falsos. Eso quedó establecido en primera y segunda instancia”.

Ante eso, añadió que “nosotros vamos a solicitar la nulidad procesal de la incautación realizada ese día”. Asimismo, fue enfático en decir que “el Ministerio Publico no tiene porqué darnos explicaciones de porqué solicita una orden de detención, pero si lo hace con antecedentes falsos, ahí tiene que dar explicaciones a la justicia”.

Consultado por dónde están los recursos que se le atribuyeron a la fundación, Soto afirmó que “eso es un trabajo del Ministerio Público. Ha tenido acceso a cuentas bancarias, conversaciones, dispositivos. Es trabajo de ellos realizar la trazabilidad de los dineros”.

Por parte de la abogada defensora Javiera Corvalán, señaló que las conversaciones de WhatsApp presentadas por Fiscalía fueron expuestas “de manera fragmentada. Es decir, seleccionadas arbitrariamente para justificar una teoria del caso a la Fiscalía que en realidad no tiene ningun asidero”.

Cuando se expone una conversación, que sea el contenido completo y en el contexto en que se accedieron. Eso quedó acreditado con la resolución de la Corte que fueron antecedentes fragmentados”, continuó.

La abogada cerró diciendo que la investigación “es una carpeta investigativa extensa. Resoluciones como la del Juzgado de Garantía y esta Corte, debilita mucho el caso”.

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El Periodista