
El Servicio de Impuestos Internos (SII), a través de su Dirección Regional de Valdivia, presentó una querella criminal en contra de dos empresarios de nacionalidad china, representantes legales de una empresa importadora y exportadora del tipo “mall chino”, por el uso de facturas falsas y la utilización indebida de créditos fiscales del IVA, hechos que habrían generado un perjuicio fiscal de $310.753.001, monto actualizado a septiembre de 2025.
La acción judicial fue interpuesta ante el Juzgado de Garantía de Valdivia y se sustenta en una investigación desarrollada por el SII que permitió develar una red de al menos 20 empresas “fantasmas”, las que operaban de manera coordinada con el fin de facilitar la emisión y utilización de documentos tributarios falsos.
De acuerdo con los antecedentes recabados, durante los períodos tributarios de febrero, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2023, y entre enero y junio de 2024, los querellados registraron y declararon 163 facturas electrónicas ideológicamente falsas, correspondientes a operaciones inexistentes.
Estas maniobras les habrían permitido incrementar artificialmente los créditos fiscales del IVA, ocasionando un perjuicio al Fisco por $128.354.512. Asimismo, declararon costos y gastos falsos en el Impuesto a la Renta de los años tributarios 2024 y 2025, generando un daño adicional de $182.398.489. Con ello, los imputados buscaban reducir ilegalmente su carga tributaria mediante la utilización de documentos emitidos por 20 proveedores inexistentes.
Investigación y uso de tecnología
La Dirección Regional del SII en Valdivia llevó a cabo un exhaustivo proceso de fiscalización, que combinó análisis tecnológico avanzado, verificaciones en terreno y coordinación interinstitucional. En ese contexto, los fiscalizadores detectaron que múltiples empresas proveedoras utilizaban las mismas direcciones IP para emitir facturas electrónicas y realizar declaraciones tributarias.
En coordinación con Direcciones Regionales Metropolitanas, se verificaron los domicilios informados por los supuestos proveedores, constatándose que correspondían a oficinas virtuales, sin infraestructura física, bodegas ni personal contratado, y donde no fue posible ubicar a los contribuyentes en los domicilios registrados.
Asimismo, mediante cruces de información con la Tesorería General de la República, el SII confirmó que ninguna de las 20 empresas había registrado pagos de impuestos aduaneros. De igual forma, el Servicio Nacional de Aduanas ratificó que no se registraron importaciones durante el período investigado, lo que permitió establecer que las mercaderías supuestamente comercializadas carecían de origen verificable.
El subdirector jurídico del SII, Marcelo Freyhoffer, señaló que “este trabajo de coordinación interna y externa, junto con la presentación de la acción judicial, permite al Servicio asegurar el correcto cumplimiento tributario y sancionar a quienes buscan, de manera deliberada y concertada, defraudar al sistema tributario, perjudicando con ello a todos los habitantes del país”.
Tipificación penal
La querella se fundamenta en los delitos establecidos en el artículo 97 N°4 del Código Tributario, específicamente en el inciso segundo, referido al aumento malicioso de créditos fiscales del IVA, y en el inciso primero, relativo a declaraciones maliciosamente falsas en el Impuesto a la Renta.
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