
Golpe al machismo institucional: Corte de Valdivia ordena a la Armada reformar su reglamento disciplinario tras fallo por discriminación de género
El tribunal acogió un recurso del INDH en favor de una suboficial que denunció haber sido violada durante un rito de promoción y que, en lugar de recibir protección, fue sancionada por la institución por un supuesto “baile provocativo”. La Corte calificó el trato como violencia institucional y ordenó profundas reformas culturales y normativas dentro de la Armada.
La Corte de Apelaciones de Valdivia emitió uno de los fallos más duros de los últimos años contra una rama de las Fuerzas Armadas, al ordenar a la Armada de Chile modificar su reglamento disciplinario y adoptar medidas estructurales para erradicar patrones de discriminación y violencia de género.
En una sentencia unánime, la Primera Sala —integrada por los ministros Samuel Muñoz Weisz, Rodrigo Schnettler Carvajal y el abogado integrante Ricardo Hernández Medina— acogió el recurso de protección presentado por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) en nombre de una suboficial que denunció haber sido agredida sexualmente durante un rito de promoción en la Gobernación Marítima de Valdivia.
La víctima, según los antecedentes, fue luego sancionada por la Armada por “abuso de confianza”, bajo el argumento de que un baile “provocativo” habría generado la agresión. Para el tribunal, aquello constituye una expresión evidente de machismo institucional, revictimización y discriminación.
“La Armada tolera una tradición machista”
El fallo es contundente en su diagnóstico: la Armada actuó dentro de una cultura organizacional que reproduce prácticas patriarcales, minimiza la violencia sexual y castiga a las mujeres que denuncian.
La Corte estableció que la suboficial fue tratada “como una funcionaria que infringió deberes de respeto hacia un superior”, pese a que el agresor la habría atacado mientras ella se encontraba privada de sentido, tras ingerir una bebida elaborada por superiores en un rito de ascenso.
El tribunal subraya que esta “captura de la voluntad” ocurre en un entorno institucional marcado por rituales patriarcales, apadrinamientos y prácticas sexistas normalizadas.
Revictimización y violencia institucional
La sentencia acusa a las agencias disciplinarias de la Armada de haber actuado con prejuicios, creencias preconcebidas y estereotipos de género, al punto de castigar a la víctima por una supuesta falta ética inexistente.
El tribunal señaló que la institución llegó a imputarle responsabilidad por la agresión sufrida, pese a que esta se encontraba inconsciente y no podía consentir ni resistir.
La resolución describe esta actitud como violencia institucional basada en género, que además deterioró su carrera: la Armada le prohibió portar armas, hacer guardias y la relegó a labores administrativas, afectando su desarrollo profesional.
Medidas ordenadas: desde borrar sanciones hasta reformar el reglamento
El fallo no solo protege a la víctima; también obliga a cambios profundos dentro de la institución. Entre las órdenes impartidas por la Corte destacan:
1. Medidas de reversión
- Eliminación completa de toda sanción impuesta a la suboficial, de todo registro, público o reservado.
- Restitución inmediata de sus funciones, salvo indicación médica fundamentada por especialistas externos.
2. Medidas formativas y de prevención
La Armada deberá, en coordinación con el Ministerio de la Mujer:
- Identificar ámbitos que favorezcan discriminación, acoso o violencia de género.
- Rediseñar políticas internas y establecer acciones afirmativas y protocolos especiales.
- Implementar capacitaciones obligatorias evaluadas y mecanismos de protección y reparación para denunciantes.
3. Reforma normativa
El Ministerio de Defensa deberá revisar y actualizar el Reglamento de Disciplina de la Armada, ajustándolo a las leyes 21.675 y 21.643 sobre violencia de género, jerarquías y relaciones laborales, con plazo máximo de seis meses.
4. Investigación a autoridades
Los antecedentes serán enviados a la Contraloría General de la República para indagar responsabilidades funcionarias.
Un precedente en las Fuerzas Armadas
El fallo instala un estándar sin precedentes: reconoce expresamente que las mujeres dentro de la Armada han sido incorporadas en una “condición de inferioridad” y expuestas a rituales, bromas y conductas que constituyen un ambiente hostil para su desarrollo profesional.
Además, advierte que la tolerancia institucional hacia conductas sexistas es un predictor de vulneración de derechos sexuales y reproductivos.
Un hito para la protección de mujeres uniformadas
Este pronunciamiento podría abrir la puerta a nuevas acciones judiciales en las Fuerzas Armadas, históricamente cuestionadas por su manejo de casos de acoso, abuso y discriminación.
La sentencia no solo ampara a una víctima: expone una estructura cultural y disciplinaria que —según la Corte— debe transformarse para que las mujeres puedan servir en igualdad de condiciones.
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