
Salmonera recibe multa de 100 UTM por verter desechos en centro de cultivo
La Corte de Apelaciones de Coyhaique desestimó la apelación interpuesta por la empresa y ratificó la sentencia que estableció infracción a la normativa ambiental, tras constatar afectación al fondo marino y a la columna de agua en la Región de Aysén.
La Corte de Apelaciones de Coyhaique confirmó, en fallo unánime, la multa aplicada a la empresa Exportadora Los Fiordos Limitada por el vertimiento de desechos sólidos y materiales en un centro de cultivo, ocurrido en la Región de Aysén en 2024.
La Corte desestimó el recurso de apelación interpuesto por la empresa, y ratificó la resolución del Juzgado de Letras de Puerto Aysén, al considerar acreditado el incumplimiento de la Ley General de Pesca y Acuicultura. “Confirmar, sin costas, la sentencia apelada de fecha 12 de febrero del año 2024, en cuanto por ella se condenó a la denunciada como autor de la infracción imputada, así como al gerente o administrador de la señalada empresa”, señala la sentencia.
De esta forma, se mantuvo la sanción económica de 100 UTM a la empresa y de 3 UTM a su administrador,
“Condena a la empresa indicada, a pagar una multa de 100 Unidades Tributarias Mensuales, como responsable de no adoptar las medidas necesarias para impedir el vertimiento de desechos sólidos y materiales que tienen por origen la actividad acuícola, afectando el fondo marino y columna de agua”, explica el fallo.
El tribunal agregó que el juez de primera instancia evaluó adecuadamente el material probatorio acompañado durante el proceso y que no se presentaron antecedentes que permitieran desestimar los hechos constatados por la autoridad fiscalizadora. En ese contexto, la Corte tuvo especialmente en cuenta lo dispuesto en los artículos 113, 116 y 125 de la normativa ya mencionada.
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