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La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que condenó a Isapre Banmédica por reajustar el plan de salud de un cotizante utilizando una tabla de factores de riesgo basada en criterios discriminatorios, declarados inconstitucionales por el Tribunal Constitucional.
En fallo unánime (rol 3.555-2023), la Decimotercera Sala del tribunal de alzada ratificó la resolución del Noveno Juzgado Civil de Santiago, ordenando a la isapre pagar una indemnización de 230,50224 UF por concepto de daño emergente, más intereses corrientes desde que la sentencia quede ejecutoriada.
El tribunal recordó que el Tribunal Constitucional, en 2010, declaró inconstitucional parte del artículo 199 del DFL N°1 de 2005, prohibiendo el uso de tablas de factores que discriminen por edad y sexo. En cumplimiento de ese fallo, la Superintendencia de Salud dictó la Circular IF/N°343, que estableció una tabla de factores única para el sistema isapre.
Pese a ello, la Corte acreditó que Banmédica continuó aplicando un factor de riesgo 8,99 hasta septiembre de 2021, lo que constituyó un incumplimiento contractual, al fijar el precio del plan con una tabla sustentada en elementos contrarios a la ley.
La sentencia desestimó la defensa de la isapre y confirmó íntegramente el fallo de primera instancia, precisando además que corresponde a la Superintendencia de Salud disponer la restitución de eventuales cobros en exceso que no se encuentren prescritos.
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