Dirección del Trabajo suspende parcialmente faenas de SQM Salar por fallas en higiene y seguridad

La medida fue adoptada tras una fiscalización en terreno en la comuna de San Pedro de Atacama, donde se constataron incumplimientos a la normativa sanitaria vigente. La empresa deberá corregir las observaciones antes de retomar completamente sus operaciones.

La Dirección del Trabajo resolvió suspender parcialmente las faenas de SQM Salar, luego de detectar infracciones en materia de higiene y seguridad durante una fiscalización realizada el martes 17 de febrero en sus instalaciones, ubicadas a unos 2.300 metros de altura en la comuna de San Pedro de Atacama.

El procedimiento inspectivo fue encabezado por el director nacional (s) del Trabajo, Sergio Santibáñez, y coordinado por la Unidad de Fiscalización Focalizada del Departamento Inspectivo, dirigida por Hernán Larraín, junto a la Dirección Regional del Trabajo de Antofagasta, liderada por Margarita López.

Incumplimientos detectados y medidas adoptadas

Según la autoridad, la empresa no garantizaba el acceso mínimo a agua potable para sus trabajadores ni contaba con servicios higiénicos dentro de las distancias máximas permitidas por el Decreto Supremo 594 del Ministerio de Salud. La normativa establece que los baños no pueden estar a más de 75 metros del área de trabajo y que deben asegurarse 100 litros de agua por persona al día cuando existe abastecimiento propio.

Durante la inspección se verificó que los servicios sanitarios se encontraban a unos 250 metros y que el suministro de agua se realizaba mediante botellas plásticas. “Estamos en presencia de incumplimientos relevantes en materia de higiene y seguridad”, declaró Sergio Santibáñez, al confirmar la suspensión parcial de las labores mientras no se subsanen las deficiencias.

La reanudación de las faenas dependerá de una nueva verificación en terreno por parte de equipos de la Dirección del Trabajo. Además, la empresa arriesga multas de hasta 60 UTM. En paralelo, se solicitó información sobre remuneraciones e instrumentos colectivos y se constató una infracción por el no reintegro de una trabajadora con fuero maternal. También se suspendieron las labores de una empresa contratista por no entregar elementos de protección personal adecuados frente a las condiciones climáticas del lugar.

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El Periodista