
La Corte de Apelaciones de San Miguel rechazó este miércoles 11 de marzo un recurso de amparo presentado en favor de Ángela Vivanco, exministra de la Corte Suprema, confirmando así la prisión preventiva que pesa en su contra en el marco de la investigación por cohecho y lavado de activos en el marco de la trama bielorrusa.
La decisión fue adoptada de forma unánime por la Segunda Sala del tribunal de alzada, integrada por la ministra María Soledad Espina Otero, el ministro Juan Carlos Silva Opazo y la abogada integrante Paula Manzo Saguez.
En la resolución, el tribunal descartó que existiera ilegalidad o falta de fundamentación en la decisión que previamente había ratificado la medida cautelar dictada por el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, la cual también fue revisada por la Corte de Apelaciones de Santiago.
El fallo señala que la acción presentada buscaba que el tribunal realizara un control sobre una resolución adoptada por otra corte de apelaciones, lo que no corresponde dentro de la estructura del sistema judicial. “Lo pretendido por el recurrente es que esta Corte efectúe un control de legalidad y mérito respecto de una resolución judicial dictada por otro tribunal de alzada (…) cuestión que resulta impropia dada la estructura orgánica consagrada en nuestra legislación”, indica la resolución.
Asimismo, el tribunal sostuvo que no se acreditó la existencia de un acto ilegal que afectara la libertad personal de la imputada. En ese sentido, se estableció que tanto la resolución que decretó la prisión preventiva como la que posteriormente la confirmó fueron dictadas por tribunales competentes y dentro de un procedimiento legalmente tramitado.
La corte también señaló que el estado de salud de Vivanco y las condiciones de cumplimiento de la medida cautelar sí fueron consideradas por el tribunal al momento de resolver, en el marco de lo dispuesto en los artículos 122, 140 y 143 del Código Procesal Penal.
Finalmente, el fallo concluye que la resolución cuestionada se encuentra ajustada a derecho, por lo que el recurso de amparo fue rechazado, manteniéndose vigente la prisión preventiva de la exministra. La defensa de Vivanco aún puede recurrir a la Corte Suprema para impugnar la resolución del tribunal de alzada.
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