
Suprema anula indemnización de $100 millones a víctima de detención ilegal y torturas
El máximo tribunal acogió un recurso de revisión del Consejo de Defensa del Estado y dejó sin efecto la sentencia que condenaba al Fisco, al establecer que ya existía un acuerdo transaccional previo por $24 millones que tiene efecto de cosa juzgada.
La Corte Suprema acogió un recurso de revisión presentado por el Consejo de Defensa del Estado (CDE) y dejó sin efecto una sentencia que había condenado al Fisco a pagar una indemnización de $100 millones por daño moral a una víctima de detención ilegal y torturas ocurridas en Punta Arenas.
En un fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal determinó que en el caso se configura la excepción de cosa juzgada. La Corte concluyó que el demandante, Hermógenes Osvaldo Fuentes Rivera, ya había participado previamente en un proceso judicial que terminó con un acuerdo transaccional con el Estado por un monto de $24 millones, el cual fue aprobado judicialmente en 2019.
En su resolución, el tribunal explicó que la institución de la cosa juzgada busca evitar que un mismo conflicto sea discutido indefinidamente, otorgando certeza jurídica. No obstante, precisó que la aplicación de este principio también debe examinarse a la luz del derecho internacional de los derechos humanos.
En ese sentido, el fallo recuerda que tanto el derecho interno como el derecho internacional contemplan excepciones, como en los casos de sentencias obtenidas mediante fraude o en procesos donde no se respetaron las garantías del debido proceso.
Sin embargo, la Sala Penal concluyó que esas circunstancias no se configuraron en este caso. Según el fallo, el proceso anterior se desarrolló ante un tribunal competente, independiente e imparcial, respetándose todas las garantías procesales de las partes.
De esta manera, el máximo tribunal determinó que el acuerdo alcanzado anteriormente sí produce efectos de cosa juzgada, por lo que no corresponde una nueva indemnización por los mismos hechos.
En consecuencia, la Corte Suprema declaró nula la sentencia dictada el 10 de octubre de 2024 por el Tercer Juzgado Civil de Punta Arenas —posteriormente confirmada por la Corte de Apelaciones de Punta Arenas— que había ordenado al Estado pagar $100 millones por daño moral.
Así, el fallo establece que se mantiene como única compensación válida la transacción alcanzada en 2019 ante el 13° Juzgado Civil de Santiago, en la cual el Estado de Chile se comprometió a pagar $24 millones a cada uno de los trece demandantes involucrados en esa causa.
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