Chevesich cuestiona facultad de indultos presidenciales: “Debe ser eliminada”

La presidenta de la Corte Suprema defendió el rol del Poder Judicial e instó a la creación de “un concejo el que analice los casos”.

La presidenta de la Corte Suprema, Gloria Ana Chevesich, criticó la facultad presidencial de indultos presidenciales, en el marco de la evaluación de José Antonio Kast en torno a los uniformados condenados por hechos ocurridos durante el estallido social.

En conversación con 24 Horas, la autoridad del máximo tribunal manifestó: “Es una facultad que tendrá que ejercerla en su mérito, analizando -como he tomado conocimiento en los medios de comunicación social- las circunstancias del caso”.

Asimismo, expresó su rechazo hacia la facultad:

“Yo creo que debe ser eliminada, y que sea un concejo el que analice los casos, porque con todo, un indulto depende también de las razones que se invoquen”, sostuvo.

“Muy bien sabemos que hay una norma en la Constitución política de la República que dice que no se puede revivir procesos fenecidos, no se pueden criticar en el fondo decisiones de orden jurisdiccional. Entonces pareciera que mejor no debería estar el indulto”, argumentó.

En esa línea, precisó: “Tengo entendido, según lo que me manifestó el Presidente en su momento en calidad de electo, que no le gustaba la figura del indulto. Pero igual iba a analizar porque la facultad la tiene”.

Chevesich también abordó los polémicos indultos que otorgó el expresidente, Gabriel Boric, recordó que “la Corte Suprema le hizo presente lo que dice una norma de la Carta Fundamental, y en este caso insisto: es una facultad presidencial. Vamos a ver qué argumentos de carácter excepcionales, porque la resolución tiene que ser fundada, así lo dice la ley”.

Finalmente, respecto a la posibilidad de que uniformados condenados sean indultados, como el caso de Patricio Maturana que cegó a la senadora Fabiola Campillai, Chevesich defendió el rol del Poder Judicial. “No tengo la sentencia para poder determinar en qué condiciones fue condenado (…) Pero si hay una sentencia condenatoria, es porque se superó aquella duda razonable, y se adquirió convicción que una determinada persona, en este caso un uniformado, cometió un hecho punible y le cupo participación sea como autor, cómplice o encubridor”, cerró.

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El Periodista