Contraloría detecta inconsistencias en cifras Covid reportadas por el Minsal e instruye sumario

De acuerdo a las conclusiones del escrito "afectar las cifras oficiales dadas a conocer a la ciudadanía, impide un control efectivo de los contagios y sus contactos estrechos".

Un informe de Contraloría, dado a conocer esta noche, revela una inconsistencia de los reportes entregados por Epivigila sobre personas contagiadas de COVID-19 y señala que instruyó un proceso sumarial para definir las responsabilidades de quien corresponda en estas diferencias arrojadas.

«Sse constató que al 8 de junio de 2020, la información contenida en ese sistema EPIVIGILA no considera la totalidad de los casos que han sido confirmados con COVID-19 por los laboratorios que practican el examen PCR, por cuanto, no todos los facultativos cumplen con su obligación legal de notificar en el mencionado aplicativo a las personas sospechosas de parar esa enfermedad, sin que además el Minsal haya efectuado todas las acciones tendientes ingresar a la plataforma tales casos, a pesar de que contaba con la información para ello, a través de los resultados con diagnóstico positivo que le remiten dichos laboratorios», señala el ente contralor

Agrega que «a lo anterior, se suma el hecho de que existen laboratorios que realizan tomas de muestra sin la solicitud de una orden médica, por lo cual, no existe un facultativo para incorporar la información de los casos al sistema».

«(…) Los médicos cirujanos que atienden a personas con sospecha clínica o que padezcan de alguna enfermedad transmisible, como es el caso del COVID-19, tienen la obligación legal de notificar dicha circunstancia, a través de tal aplicativo», indica el documento de Contraloría.

De acuerdo a las conclusiones del escrito «afectar las cifras oficiales dadas a conocer a la ciudadanía, impide un control efectivo de los contagios y sus contactos estrechos».

Finalmente, sostiene que «atendido lo expuesto, este Organismo de Control instruirá un proceso sumarial para determinar las eventuales responsabilidades administrativas en los hechos observados».

Junto con esto, indica a la Subsecretaría de Salud Pública que deberá tomar las medidas necesarias para que el sistema EPIVIGILA cuente con «información fidedigna e íntegra sobre los casos de contagiados con COVID-19».

El informe también hace referencia a que el día 16 de junio la Subsecretaría de Salud Pública -con posterioridad a la notificación realizada por Contraloría- informó del ajuste en 31,412 casos nuevos de contagiados con COVID-19, que correspondía a personas que habían sido diagnósticas mediante PCR con la enfermedad pero no notificados en el sistema EPIVIGILA.

Sin embargo, señala el ente contralor, que «no fue posible constatar que ellos correspondieran a los casos observados por este Organismo Fiscalizador, por cuanto, esa repartición efectuó su análisis con información acumulada al 25 de junio de 2020, que daba cuenta de 259.064 personas confirmadas a nivel nacional, en los que según señalan, habrían sido incluidos, no aportando la base de datos con el detalle de ellos».

Este hecho, según Contraloría, «impidió un control efectivo de ellos por parte del personal de las instituciones que realizan acciones de fiscalización en terreno, como también imposibilitó su seguimiento y el de sus contactos estrechos al no ser ingresados al sistema de vigilancia (…) lo que podría haber contribuido a la propagación de dicha enfermedad y afectar la toma de decisiones para la planificación, implementación y evaluación de medidas orientadas a proteger la salud de la población».

Junto con la instrucción de un sumario, Contraloría solicita a la Subsecretaría de Salud Pública que deberá «remitir la base de datos con el detalle de los 259.064 casos confirmados acumulados a nivel nacional al 25 de junio de 2020; enviar el resultado de los 3.999 casos que según señalan, se encuentran en revisión del Departamento de Epidemiología de esa repartición e informar sobre las consecuencias de la omisión de casos confirmados en el análisis e interpretación de los datos considerados para la toma de decisiones respecto de la planificación, implementación y evaluación de las medidas (…) en el plazo de 10 días hábiles contando desde la recepción de este oficio.

1 comentario
  1. Pablo dice

    En este gobierno nada es creíble, la manipulación de cifras en cualquier ámbito es enorme.

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