Tres años y un día de presidio efectivo a un reincidente por robar bicicleta en Vitacura

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de nulidad deducido en contra de la sentencia que condenó a Enrique Francisco Muñoz Barahona a la pena de 700 días de presidio, como autor del delito consumado de robo en lugar no habitado, ilícito perpetrado en agosto del año pasado, en la comuna de Vitacura.

En fallo unánime (causa rol 4.053-2020), la Quinta Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Mireya López, Alejandro Rivera y la abogada (i) Paola Herrera– estableció que erró el Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, al no considerar la agravante de reincidencia, por lo que elevó a 3 años y un día de presidio efectivo, la pena que deberá cumplir el condenado por el robo de una bicicleta.

Los hechos ocurrieron el 17 de agosto de 2019, siendo aproximadamente las 11.30 horas, cuando Enrique Muñoz Barahona, «escaló el portón del cierre perimetral -que resguarda tres casas- de aproximadamente dos metros de altura ubicado en la comuna de Vitacura, y sustrajo desde un espacio común utilizado como estacionamiento y zona recreacional, una bicicleta marca Cannondale modelo Trigger, aro 29 color negro con verde y amarillo, avaluada en $1.000.000, que se encontraba apoyada a unos tres o cuatro metros de la pared del portón de acceso, para luego darse a la fuga por la misma vía de ingreso conduciendo la especie antes sustraída, siendo detenido en la inmediación del inmueble por civiles y el dueño de la propiedad”.

El juzgado, al conocer la causa, determinó una pena de 700 días al inculpado, la que fue aumentada a 3 años y un día en la Corte, por tratarse de una reincidencia, lo que obliga a Muñoz Barahona a cumplir una pena efectiva de cárcel.

«Que ya se asentó previamente que es un hecho no discutido que al encausado le perjudica la agravante de reincidencia del artículo 12 N° 16 del Código Penal, por lo tanto la regla específica que debió aplicarse es la segunda del artículo 449 del Código Penal y no la primera, como erróneamente se realizó», plantea el fallo.

El hombre de 45 años y con una causa similar, al menos, estuvo en prisión preventiva desde el mismo día en que fue detenido en 2019, en el penal Santiago Uno y solicitó, tras su condena, ser trasladado a Santiago 2.

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