Caso Chat: Corte Suprema revisa hoy causa que acusa a abogados de la aseguradora Mapfre de estafa por haber omitido información en juicio

LOS HECHOS

chatChat alega que, mejor que nadie, los abogados de Mapfre, el ya mencionado Carocca, Antonio Lillo de la Cruz y Kleber Monlezum Cunliffe, sabían que la prisión preventiva dictada en su contra por el incendio carecía de una prueba fundamental, que era que él no retiró maquinarias del edificio siniestrado. Tal acusación, señalada en el juicio por la ahora destituida fiscal Grace Salazar, permitió que el juez de garantías y luego el tribunal oral de Talca, encontraran culpable al empresario. La aseguradora Mapfre tenía en su poder el certificado de los liquidadores que establecía que las maquinarias de Chat se habían quemado en el incendio. Sin embargo, reclaman los abogados del talquino, los defensores de la compañía no sólo callaron ante la solicitud de la fiscal sino que, además, se hicieron parte de la acusación, es decir la fortalecieron. Por ello Chat denunció el accionar de los abogados de Mapfre como un delito y, al no perseverar el Ministerio Público en la pesquisa, pidió autorización para utilizar el derecho de “forzar la acusación”, consagrado en el artículo 258 del Código de Procedimiento Penal.

Tal solicitud fue aceptada por el Juzgado de Garantía de Talca y, posteriormente, con fecha 13 de Agosto de 2009, dictada fuera de audiencia, en el marco de un recurso de hecho interpuesto por el imputado Alex Carocca Pérez, que fue rechazado en definitiva, la Segunda Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Talca, actuando de oficio anuló las tres resoluciones judiciales dictadas por el Juzgado de Garantía de Talca, negando -con ello- a la víctima el derecho a forzar la acusación y dejando sin efecto la audiencia de preparación de Juicio Oral fijada para el pasado 11 de Septiembre de 2009; ordenando además, en la misma resolución, citar a los intervinientes para debatir la solicitud de sobreseimiento definitivo solicitada por Carocca Pérez en el segundo otrosí de su presentación de fecha 9 de junio de 2009.

Días más tarde, el mismo tribunal, sobreseyó a Carocca porque -a su juicio- el imputado, en su calidad de abogado, sólo se limitó a ejercer la acción penal para la cual fue contratado por la compañía de seguros.

Hoy, la Segunda Sala de la Corte Suprema deberá resolver este conflicto, una arista nunca antes vista desde que rige la Reforma Procesal Penal.

Para Chat y sus abogados, el tema reviste fundamental importancia porque la Corte Suprema tendrá  que resolver si es lícito o no, que los defensores de una empresa aseguradora, en este caso la española Mapfre, oculten o ignoren una prueba que demuestra cabalmente la inocencia de un cliente de la aseguradora, el cual se encuentra preso y acusado por crímenes que los abogados saben que no cometió, prolongando injustamente esa prisión, todo en defensa de los intereses de la empresa que contrato a esos abogados.

“Es peor aún”, dice Chat. “En mi caso los abogados de Mapfre no solo ocultaron la prueba que me absolvía, adhirieron a las acusaciones y además se opusieron sistemáticamente a mi libertad”. Y sentencia: “Si la Corte Suprema avala la resolución de la Corte de Apelaciones de Talca estará diciendo que los abogados pueden hacer cualquier cosa en defensa de los intereses de sus clientes. A partir de ese momento, si alguien quiere acusar a alguna persona inocente sin que le pase nada, hágalo a través de un abogado. Ellos pueden hacerlo impunemente”.   

“A Alex Carocca y los demás abogados de la compañía, presentes en el juicio, les constaba que Chat no había retirado especies de su fábrica siniestrada, previo al incendio, porque en su poder tenían una serie de documentos y antecedentes fidedignos del rescate de todos los bienes muebles asegurados y otro tanto no asegurados propiedad de Chat, imputación que habría tenido por finalidad obtener una condena penal y de esta forma cobrar civilmente las sumas desembolsadas por la aseguradora como consecuencia de las pólizas involucradas en el siniestro, señalando dicha parte que es un hecho cierto y conocido de la investigación que las personas imputadas actuaron mediante precio, recompensa o promesa, con total desprecio por la dignidad y edad del ofendido”, señala la demanda.

Chat Aldunez, quien además fue víctima del terremoto porque perdió su casa en Talca y tiene su negocio paralizado desde el día del sismo, espera que la Corte Suprema reponga la justicia y deje sin efecto la resolución de fecha 29 de octubre de 2009 que sobreseyó a Carocca Pérez, a Kleber Monlezum y a Antonio Lillo.

En la causa, extrañamente, aparece defendiendo a los dos últimos abogados aludidos, Lillo de la Cruz  y Monlezum, la ex fiscal Grace Salazar, quien dirigió  la investigación contra Chat, fue sancionada por el Ministerio Público en esa causa y luego expulsada de la entidad por no presentar a tiempo una acusación contra 14 narcotraficantes, permitiendo que los mismos fueran dejados en libertad por el tribunal y perdiéndose así  un arduo trabajo de más de un año de la Policía de Investigaciones de Chile.

Según la destituida Salazar los hechos que alega Chat, al que tuvo un año preso siendo inocente, “carecen de los elementos objetivos del tipo penal, como lo son el engaño, el perjuicio y la disposición patrimonial”. Carocca, por su parte, argumenta que “en su calidad de abogado se limitó  a ejercer la acción penal para la cual fue contratado por la compañía de seguros, habiendo tenido motivos plausibles, ya que se formalizó  al querellante y se efectuó juicio oral en su contra”.

Para Chat, sin embargo, Carocca y los demás abogados de Mapfre, le imputaron falsamente la comisión de un delito doloso de incendio, aseguraron que retiró con anterioridad al siniestro la mayor parte de las maquinarias propias de la labor comercial, cobrando luego el seguro de dichas especies.

6 Comentarios
  1. Manuel Briceño dice

    Ojalá la Corte revise esa causa y otras de las aseguradoras, que para no pagar usan a los estudios de abogados y estos inventan lo que sea para beneficiar al cliente. Suerte Chat!!!

  2. Pedro Andrade G dice

    La Corte hará lo de siempre: apoyará al poderoso y le pasará la aplanadora al débil. Mañana lo leo en este mismo portal

  3. Benito dice

    Muy buena nota. Así da gusto leer en internet. No sólo títulos. También contenido y periodismo.

  4. Carmen dice

    Es una excelente nota. Me parece que es la oportunidad que respondan por el daño provocado, daño no sòlo en el aspecto económico sino tambièn en su aspecto moral, es decir, a la imagen y honra de las personas afectadas. Supongo que, a parte de estos señores de la empresa Mapfre, el Estado tambien responderà por los perjuicios provocados por el Ministerio Pùblico. Sin embargo, cabe preguntarse ¿quien reembolsará los dineros que el Estado deba pagar con el fin de reparar los perjuicios provocados? ¿donde queda la responsabilidad funcionaria en este sentido?…mucho exito a estas personas que hoy sòlo estan luchando por justicia.

Deja una respuesta

Su dirección de correo electrónico no será publicada.