Consejo INDH: publicación de datos georreferenciados de pacientes con COVID-19 vulnera derecho a la privacidad

El Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) rechaza categóricamente la publicación de datos georreferenciados de las personas que han dado positivo al Covid-19. Se trata de datos personales sensibles y su publicación afecta gravemente el derecho a la privacidad y a la protección de los datos personales, además de generar riesgos para que se promuevan actos discriminatorios y de afectación a otros derechos humanos.

El lunes 10 de mayo el medio digital Interferencia publicó un artículo que entrega información georreferenciada de las personas que resultaron positivo al examen de COVID-19. Se trata de una serie de mapas de distintas comunas de la Región Metropolitana, y de otras regiones, con información del Ministerio de Salud (MINSAL) y actualizada al sábado 8 de mayo. Estos mapas, señalan la ubicación de quienes tienen o tuvieron la enfermedad.

Los datos georreferenciados, se consideran datos personales cuando permiten la determinación de una persona o de otros datos vinculados a ella, como su condición de salud. Por ende, los datos que expone el medio digital se pueden considerar datos personales y por referirse al estado de salud de una persona, entran en la categoría de datos sensibles.

La filtración de esta información afecta el derecho a la vida privada de las personas y el derecho a la protección de sus datos personales. El medio Interferencia no justifica cómo resultaría ser de interés público la exposición de los datos de salud de los contagiados con COVID-19 con ese nivel de georeferenciación. El INDH rechaza categóricamente esta publicación por afectar los derechos de las personas y poner en riesgo su integridad.

La información referente al estado de salud de las personas es sumamente delicada. Su conocimiento público las deja expuestas a distintas formas de discriminación en distintos ámbitos, como en el trabajo o en la atención de salud. En un contexto de pandemia el riesgo es aún más alto y puede llegar a situaciones de violencia u otras afectaciones de derechos, tanto por parte de otros ciudadanos como por agentes del Estado.

Recordemos el caso de la familia de Vallenar que recibió amenazas y piedrazos en su casa, cuando se hizo público el diagnóstico positivo de COVID-19 de uno de sus integrantes. No olvidemos tampoco, las restricciones que han intentado imponer comités vecinales o las administraciones de edificios, frente a los casos confirmados.

A partir de los datos brindados por el diario digital, se puede conocer con bastante precisión la ubicación geográfica de los contagiados activos y recuperados con COVID-19.

El medio Interferencia modificó la información original y declaró posteriormente, que superó “el dilema ético” de entregar datos con el potencial de provocar “peleas entre vecinos o actos de discriminación”, al mover los puntos del mapa “entre 50 y 100 metros de su lugar original hacia direcciones aleatorias”, en un intento no logrado de anonimizar los datos. Mover unos metros los puntos del mapa no modifica crucialmente la determinabilidad de la información, ante la posibilidad de otros cruces de información, y además, pone en riesgo a otras personas dentro de ese ámbito espacial.

El acceso que se ha tenido a la información georeferenciada de los contagiados con COVID-19, representa una grave falta a los deberes de debida confidencialidad sobre esos datos por parte de los agentes estatales de salud, que han recolectado y tratado dichos datos.

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