Corte de Apelaciones de Concepción desafuera al diputado Enrique Van Rysselberghe (UDI) acusado de calumnias

Los ministros del tribunal de alzada acogieron la solicitud presentada por el dirigente sindical Alex Iturra, acusado por el diputado de haber incendiado su sede parlamentaria durante una manifestación en octubre de este año.

La Corte de Apelaciones de Concepción  acogió la solicitud de desafuero del diputado de la Unión Demócrata Independiente (UDI) Enrique Van Rysselberghe, en una querella por el delito de calumnias presentada en su contra por el dirigente sindical regional, Alex Iturra.

En fallo dividido los ministros del tribunal de alzada acogieron la solicitud presentada por el dirigente, a raíz de las declaraciones emitidas por el diputado en distintos medios de comunicación en octubre de 2011, acusando a Iturra y al Partido Comunista de haber incendiado la sede del parlamentario durante una manifestación.

Alex Iturra, luego de negar su participación en los hechos que se le atribuían, presentó una querella en contra de Van Rysselberghe y el Presidente de la Juventud UDI del Biobío, Sebastián Abudoj.

El fallo señala que, “valorados los antecedentes enumerados y de lo expresado en la audiencia por las partes involucradas, que constan en el registro de audio, es dable sostener que en las declaraciones atribuidas al Diputado Van Rysselberghe se está imputando al querellante Iturra, alguna participación en los delitos de daño y tentativa de incendio cometidos el 11 de Octubre de este año, en la sede de la UDI y del parlamentario, ilícitos perseguibles de oficio, y que concurre la exigencia de seriedad y plausibilidad suficiente para acceder a la petición de desafuero que va a posibilitar una real y acabada investigación del delito de calumnia con la debida comprobación del cuerpo del delito y participación que le habría correspondido al diputado, investigación en la que se va a tener que decidir la veracidad de los hechos que el querellante Iturra califica de calumniosos”.

La resolución indica además que “este pronunciamiento previo o antejuicio, no significa resolver acerca del fondo del asunto, sino sólo establecer que por ahora, es procedente autorizar la investigación de fondo del asunto”.

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