Corte Suprema obliga paralización de proyecto minero El Morro por ausencia de consulta a pueblos indígenas

Dictamen deja sin afecto Resolución de Calificación Ambiental (RCA) que autorizó la construcción y operación de este megaproyecto en territorio ancestral de la Comunidad Agrícola Diaguita de los Huascoaltino.

Por Paulina Acevedo

El pasado viernes 27 de abril la Corte Suprema ratificó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, ante recurso de protección interpuesto por para la Comunidad Agrícola Diaguita de los Huascoaltinos, ordenando dejar sin efecto la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) que autorizó la construcción y operación del proyecto minero El Morro y la paralización de las obras hasta que no se cumpla con los derechos a la consulta previa y a determinar sus propios prioridades de desarrollo de los que estos pueblos son titulares.

La nulidad de la RCA decretada por el máximo tribunal confirma que en el caso del proyecto minero El Morro no se evaluaron los efectos, características y circunstancias señaladas en la letra c) del artículo 11 de la Ley 19.300, relativo al reasentamiento y alteración significativa de sistemas de vida o costumbres de la comunidad diaguita, violando el Convenio 169 de la OIT, la Ley Indígena y derechos consagrados en el Pacto de Derechos Civiles y Políticos de la ONU.

“Esta sentencia de la Corte Suprema ratifica una jurisprudencia ya consolidada de dicho Tribunal Superior de Justicia, en cuanto a que se debe dar cumplimiento a los derechos de los pueblos indígenas establecidos en el Convenio 169 de la OIT, haciendo referencia además, en este caso en particular, al Pacto de Derechos Civiles y Políticos de Naciones Unidas respecto del derecho a la consulta previa”, sostuvo Consuelo Labra, abogada del Observatorio Ciudadano, organización patrocinante de la acción legal.

Para Labra, este pronunciamiento constituye a su vez llamado “para que los demás poderes del Estado, Ejecutivo y Legislativo, otorguen protección y lleven adelante todas las iniciativas necesarias para la implementación de los estándares internacionales de derechos de pueblos indígenas reconocidos por Chile. Esto supone un plan de implementación del Convenio 169 y el establecimiento de un mecanismo de consulta, así como la adecuación de las legislaciones sectoriales que involucran una afectación a los pueblos indígenas, todas tareas que se encuentran pendientes desde la entrada en vigencia en Chile del Convenio 169 en el año 2009”, aseguró.

Proyecto inviable

Cabe destacar a su vez lo señalado por la codirectora del Observatorio Ciudadano y también abogada en esta causa, Nancy Yáñez, para quien “este es un proyecto inviable, pues afecta la naciente de un río que alimenta todo el Valle del Huasco y ello, de acuerdo al artículo N°17 del Código de Minería, no puede realizarse sino es con autorización expresa del Presidente de la República. Siendo por ende responsable del posible reasentamiento y extinción de un pueblo y su cultura producto de un proyecto de este envergadura”, sostuvo.

La resolución de la Corte Suprema reconoce además el derecho que tienen los miembros de la Comunidad a definir sus propias prioridades en materia desarrollo.  Algo que de acuerdo a su presidente, Sergio Campusano, ya han trazado y que la llegada de un nuevo proyecto minero a la zona pone en riesgo, así como la sustentabilidad del Valle.

La principal oposición al proyecto El Morro, así como al proyecto Pascua Lama, frente al cual la comunidad presentó una denuncia declarada admisible por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, ambos emplazados en tierras ancestrales huascoaltinas, se debe a los graves impactos en los recursos hídricos del territorio.  Aunque “la empresa ha dicho que van a usar agua de mar para sus faenas, igual están solicitando derechos de agua. Incluso un gerente nos ofreció un negocio directo para cederles derecho de agua, algo que no aceptamos ni aceptaremos nunca, puesto que tenemos nuestro propio proceso de desarrollo”, comentó el dirigente diaguita.

“No necesitamos ni a la minera ni al gobierno para desarrollarnos. Existen varias iniciativas que venimos emprendiendo como comunidad, como el desarrollo de un área de reserva nacional trabajada como área silvestre protegida privada, que será la más grande reserva natural indígena del norte chileno. Cuando tienes un plan de desarrollo como éste, un proyecto como comunidad, la minera no solo impacta ambientalmente, también a este proyecto de desarrollo al que tenemos derecho. Nuestro lema en esta iniciativa es ‘guardián de la naturaleza’, porque eso somos, es nuestra naturaleza. Los proyectos mineros no caben aquí. No somos pueblos que vivamos alrededor del proyecto minero, sino que el proyecto se viene a instalar en el centro mismo de nuestro territorio ancestral”, concluyó.

*Observatorio Ciudadano

Deja una respuesta

Su dirección de correo electrónico no será publicada.