Corte Suprema rechazó recurso de protección por declaración de barrio como zona típica

El máximo tribunal confirmó la sentencia que rechazó un recurso de protección en contra de la declaratoria del Barrio Suárez Mujica de la comuna de Ñuñoa como Monumento Nacional.

En fallo unánime (rol 14.584-2019) la Tercera Sala del máximo tribunal integrada por los ministros María Eugenia Sandoval, Carlos Aránguiz, Ángela Vivanco, María Angélica Repetto y Rodrigo Biel- confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que descartó actuar arbitrario del Ministerio de Cultura y el Patrimonio al proceder a la declaración.

«Que de las razones que anteceden se desprende que la declaratoria del Barrio Suárez Mujica de Ñuñoa como Monumento Nacional en la categoría de Zona Típica fue realizada por autoridad competente mediante Decreto Supremo, en la forma que prescribe la ley y expresando suficientemente los fundamentos en que se sustenta, no habiendo logrado los recurrentes demostrar en autos los reproches de ilegalidad y arbitrariedad que le atribuyen, como así tampoco la afectación de las garantías constitucionales que invocan», sostiene el fallo.

«(…) por consiguiente, la inexistencia del comportamiento antijurídico por parte del Ministerio recurrido, conduce necesariamente a la desestimación del recurso de protección tanto en cuanto se dirige en su contra como así también, por consecuencia, en aquella parte dirigida contra la Contraloría General de la República por haber tomado razón del mismo», agrega.

Por tanto: «Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, se confirma la sentencia apelada de fecha trece de mayo de dos mil diecinueve, por la que se rechazó el recurso de protección», resuelve.

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