Justicia cierra investigación sobre muerte de Salvador Allende y concluye que se “suicidó”

La Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la decisión tomada por el ministro en Visita, Mario Carrozas, quien concluyó que la muerte del ex presidente -ocurrida el 11 de septiembre de 1973- habría sido por una “lesión perforante de la cabeza por proyectil de arma de fuego de alta velocidad a contacto”,  lo que en medicina legal puede ser atribuible al suicidio.

En fallo unánime (causa rol 269-2012), los ministros de la Tercera Sala del tribunal de alzada Mauricio Silva, Manuel Antonio Valderrama y Gloria Solís (suplente), ratificaron la decisión del ministro en visita Mario Carroza, quien el 29 de diciembre pasado, cerró la investigación. Fecha en la que el magistrado concluyó la etapa investigativa de la causa iniciada, a comienzos de año, por requerimiento de la fiscal de la Corte de Apelaciones de Santiago Beatriz Pedrals.

En la resolución, el magistrado Carroza sostuvo: “Que a fin de establecer los hechos de la causa, y motivados por las diversas versiones que sobre este episodio existen, se fijaron  líneas de investigación, y se decretaron y realizaron todas y cada una de las diligencias que de esta manera las dieran por satisfechas.

Así es como en el desarrollo del sumario se trató la tesis del suicidio del mandatario; aquella que alude a la participación de personal militar en su deceso, y la que menciona la intervención de miembros del Grupo de Amigos del Presidente u otros colaboradores en la asistencia en el momento de su muerte”.

Por ello, agregó que: “Habiéndose cumplido la totalidad de las diligencias decretadas y no apareciendo ni la necesidad ni la pertinencia de decretar otras tendientes a cumplir con este propósito, salvo aquellas que aluden a los hechos acontecidos en el Palacio de la Moneda el día 11 de septiembre de 1973, que tal como se señalará en la resolución  precedente se estima necesario que se persigan en la causa respectiva, es que resulta ciertamente cumplida la finalidad planteada, principalmente con la abundante prueba pericial adjunta al proceso y los testimonios de quienes de manera presencial advirtieron ese día el desarrollo de los acontecimientos.

Y desde ese punto de vista, este Ministro Instructor está en condiciones de plantear las conclusiones a las que se ha arribado en esta investigación, mediante la dictación de la resolución que en derecho corresponda, sin perjuicio de lo que pueda informar la Contraloría General de la República en su oportunidad”.

El proceso se inició el 24 de enero de 2011, después de que la fiscal de la Corte de Apelaciones de Santiago Beatriz Pedrals presentara una serie de requerimientos por víctimas de violaciones a los derechos humanos, en casos que no registraban investigación judicial.

El 23 de mayo de 2011, se ordenó la exhumación de los restos del Presidente Allende para determinar la causa de su muerte y realizar una serie de peritajes en el Servicio Médico Legal (SML) y en otros organismos internacionales.

El 19 de julio de 2011, el  magistrado recibió los resultados del equipo de peritos del SML, los que concluyeron que la causa de muerte del Presidente Allende fue por una “lesión perforante de la cabeza por proyectil de arma de fuego de alta velocidad a contacto”,  lo que en medicina legal puede ser atribuible al suicidio.

El informe fue elaborado por el equipo del SML integrado por:  Marisol Intriago Leiva, antropóloga, encargada de la Unidad de Identificación Forense; Germán Tapia Coppa, médico legista;  Ángel Medina Bejarano, antropólogo físico; Isabel Martínez Armijo, arqueóloga; Agustín Hernández Canihuante, fotógrafo forense;  Douglas Ubelaker, antropólogo físico; Mary Luz Morales, médico patóloga, y David Pryor, perito balístico.

Además, participaron el  perito ad hoc Francisco Etxeberría Gabilondo, médico legista, designado por la familia; los veedores internacionales Felipe Donoso, representante regional del comité internacional de la Cruz Roja  para el Cono Sur de América y Brasil;  Morris Tidball-Binz, médico, coordinador forense del CICR, y Luis Fondebrider, antropólogo, miembro del equipo de Antropología Forense de Argentina, organismo asesor del Alto Comisionado de Derechos Humanos de la ONU.

Los peritajes se realizaron en base a una serie de antecedentes que incluyen datos obtenidos en 1973 y 1974, y evidencias que recogidas, en 2011, en la exhumación, informes de este año y las pericias derivadas de la diligencia de exhumación de los restos.

Deja una respuesta

Su dirección de correo electrónico no será publicada.