Hasta el 14 de enero hay plazo para cambiarse de universidad

matriculasDesde ayer es posible hacer uso del “derecho a retracto”, que últimamente ha sido anunciado por el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) para que los seleccionados puedan anular su matricula en determinado establecimiento. Ésto para acudir a otra casa de estudios, si así lo desean. Este recurso apareció en la ley del consumidor debido a que algunas universidades no tradicionales oficializan sus procesos de matrícula antes que las universidades del Consejo de Rectores. 

“El consumidor podrá poner término unilateralmente al contrato en el plazo de 10 días contados desde la recepción del producto  o desde la contratación del servicio y antes de la prestación del mismo”, se expresa en el artículo 3 bis de la ley 19.496, “Sobre protección de los derechos de los consumidores”, donde se deja claro que es necesario acreditar la calidad de matriculado en una nueva universidad para poder retractarse, y presentar una carta explicando que el postulante se acogerá a su derecho de retracto. 

Al entregar la solicitud y el documento que acredite una nueva matrícula los interesados deben exigir una copia de la carta con comprobante de haber sido recibida. Desde entonces el establecimiento tiene un plazo de 10 días para devolver el 99% del valor de la matrícula. Si pasara el período y no hay respuesta los postulantes deben dirigir su reclamación ante oficinas del SERNAC o en su página web, http://www.sernac.cl

De acuerdo a la Asociación de Consumidores, Conadecus, el retracto es el derecho a desistirse del contrato dentro de un plazo determinado, plazo que se considera como un tiempo de reflexión o un “periodo de enfriamiento” en las ventas o contrataciones que se dan en un contexto especial; ventas a domicilio, en las llamadas tele ventas, las que hacen por catálogos, por Internet, y en general donde el bien no es apreciado físicamente por el adquirente, como la Educación en nuestro sistema actual.

El derecho a retracto es válido para todas las instituciones de educación superior, vale decir, Centros de Formación Técnica, Institutos y otros. Además, el SERNAC establece que durante todo el período que dure la carrera, los estudiantes tienen derecho a que se cumpla las condiciones iniciales, entre ellas: aranceles, duración de la carrera, grado al que se accede, horario y acreditaciones, entre otros.

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