Nueva e inédita declaración del Ejército sobre Informe de Inteligencia del 18-O

La institución, rompiendo todas las normas, volvió a referirse públicamente sobre el trabajo del DINE.

Ayer los especialistas en temas militares se sorprendieron con una declaración breve del Ejército sobre un supuesto informe de Inteligencia entregado al Gobierno a través del entonces ministro Alberto Espina en octubre pasado.

Las especulaciones sobre el mismo, que daba cuenta de los dichos del Presidente, fueron visto como un llamado de atención al mandatario, al estilo de los uniformados, porque era muy insólita una declaración de este tipo, ya que no corresponden dichos públicos sobre el trabajo de Inteligencia o ContraInteligencia.

Hoy, a raíz de que se siguió hablando del tema e incluso se anunció la citación de los altos mandos al Congreso, el Ejército volvió a referirse públicamente al informe, en un tono aún más duro, mostrando que hay molestia en la institución con el trabajo de la ANI.

El comunicado de hoy señala que «en relación a diversas notas de prensa que han seguido circulando y que dan cuenta de un supuesto informe de inteligencia que habría sido elaborado por la Dirección de Inteligencia del Ejército, la Institución precisa lo siguiente:

• El actuar de la Dirección de Inteligencia del Ejército se cumple con estricto apego a la ley y se encuentra sujeto al control democrático permanente de la Comisión Especial de Inteligencia de la Cámara de Diputados y de los Ministros de la I.
Corte de Apelaciones que corresponda.

• Lo publicado, no es información producto de un análisis de inteligencia de la Dirección de Inteligencia del Ejército, sino que corresponde a una interpretación que da a entender a la opinión pública, una situación que no es tal.

• La Dirección de Inteligencia del Ejército, como integrante del Sistema de Inteligencia del Estado, entrega, a requerimiento, la información de carácter residual que obtiene, para que esta sea debidamente analizada e integrada por los organismos técnicos competentes, según corresponda.

• Finalmente, y sin perjuicio de lo señalado, es necesario precisar que la difusión de antecedentes del sistema de información coordinado por la ANI, es constitutivo de delito de acción penal pública».

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