Operación Colombo: Dobra Lusic sí falló en la causa y con su voto se rebajaron condenas de Pedro Espinoza e Iturriaga

En su calidad de integrante de la primera sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, le tocó fallar la causa rol 192-2016 donde se rebajaron las condenas de varios agentes que participaron en esa operación, rebajando a la mita las condenas de 5 agentes, entre ellos Pedro Espinoza y Raúl Iturriaga.

La ministra de la Corte de Apelaciones sostuvo ante el Senado que nunca falló en esa causa, que investigó crímenes de lesa humanidad ocurrido en los años 70.

“Con el pasar del tiempo, aquellas investigaciones sirvieron para determinar las responsabilidades criminales en derechos humanos y aclaro que no he fallado en la Operación Colombo”, dijo ante los senadores que deben visar su nombre para acceder al máximo tribunal.

Sin embargo, en su calidad de integrante de la primera sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, le tocó fallar la causa rol 192-2016 donde se rebajaron las condenas de varios agentes que participaron en esa operación, rebajando a la mita las condenas de 5 de ellos.

En fallo unánime (causa rol 192-2016), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Dobra Lusic, Guillermo de la Barra y Jenny Book– condenó a penas efectivas de 7 años de presidio a los ex oficiales de ejército César Raúl Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo y Raúl Eduardo Iturriaga Neumann. A 5 años y un día de presidio al agente José Orlando Gonzalo Manzo Durán, y a 3 años y un día de presidio al agente Luis Humberto Pavez Parra, con el beneficio de la libertad vigilada.

Además, se dictó la absolución de los agentes Manuel Avendaño González, Alejandro Astudillo Adonis y Demóstenes Cárdenas Saavedra, y se ratificó la absolución de otros 56 agentes de la DINA.

En primera instancia, en fallo dictado en noviembre de 2015, el ministro Hernán Crisosto había aplicado penas de 13 años para los primeros, de 10 años para Manzo, Avendaño, Astudillo y Cárdenas, todos en calidad de autores del delito, y de 3 años y un día para Pavez en calidad de cómplice.

En la etapa de investigación, el ministro en visita Hernán Crisosto logró establecer la siguiente secuencia de hechos:

“Que el día 27 de agosto de 1974, Arturo Barría Araneda quien era profesor de música en el Liceo Darío Salas de Santiago y militante del Partido Comunista, citado por el Interventor Militar de dicho recinto educacional a la Escuela de Suboficiales del Ejército, ubicada en calle Blanco Encalada con San Ignacio, junto a otras dos profesoras y un alumno, por haber supuestamente participado en manifestaciones políticas durante el funeral de un alumno de dicho plantel en el Cementerio General;

El 28 de agosto de ese mismo año, Arturo Barría Araneda concurrió a la citación a la Escuela de Suboficiales del Ejército, acompañado de testigos, lugar donde se le priva de su libertad, para posteriormente ser enviado al Comando de Institutos Militares, y después al recinto clandestinos de detención de la DINA denominados “Cuatro Álamos”, ubicado en calle Canadá N° 3000, de que eran custodiados por guardias armados y a los cuales sólo tenían acceso los agentes de la DINA;

Que el ofendido Barría Araneda durante su estada en los cuarteles de Cuatro Álamos permaneció sin contacto con el exterior, y en una oportunidad fue sacado por el agente Osvaldo Romo Mena para ser interrogado en Villa Grimaldi, siendo devuelto el mismo día a “Cuatro Álamos”;

 

Que la última vez que la víctima Barría Araneda fue visto por otros testigos en el recinto de “Cuatro Álamos” , ocurrió un día no determinado del mes de septiembre de 1974, encontrándose actualmente desaparecido;

Que el nombre de Arturo Barría Araneda apareció en un listado de 119 personas, publicado en la prensa nacional luego que figurara en una lista publicada en la revista “O’DIA” de Brasil, de fecha 25 de junio de 1975, en la que se daba cuenta que Arturo Barría Araneda había muerto en Argentina, junto a otras 58 personas pertenecientes a grupos de izquierda, a causa de rencillas internas suscitadas entre esos miembros;

Que las publicaciones que dieron por muerto a la víctima Barría Araneda tuvieron su origen en maniobras de desinformación efectuada por agentes de la DINA en el exterior.

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