Senado ratifica a Ángela Vivanco como ministra de la Corte Suprema

El Senado aprobó hoy el nombramiento de la abogada Ángela Vivanco Martínez como ministra de la Corte Suprema, en la vacante producida por el cese en el cargo de Patricio Valdés Aldunate.

Vivanco Martínez fue escogida en uno de los 5 cupos para abogados externos a la administración de justicia y formó parte de la cinquena elaborada por el máximo tribunal del país que integraron, además, Leonor Etcheberry Court, Jorge Baraona González, Emilio Pfeffer Urquiaga y Gastón Salinas Ugarte.

La nueva integrante de la Corte Suprema es abogada de la Universidad Católica y doctora en derecho y ciencias sociales de la Universidad de La Coruña, España. Además, es profesora de derecho público en su alma mater e investigadora de diversos proyectos académicos de dicha casa de estudios, desde 2002. Asimismo, fue académica de las universidades del Desarrollo, Los Andes y Adolfo Ibáñez.

Además, ejerció como decana de la Facultad de Derecho de la Universidad Santo Tomás entre 2011 y 2012, y como vicerrectora académica en dicho plantel hasta 2016.

Entre 2004 y 2010, trabajó como abogada asesora de Empresas UC, y de la Asociación Nacional de Televisión A.G., entre 2003 a 2014. Además, se desempeñó como fiscal en la AFP Planvital S.A. y en la Compañía Renta Nacional de Seguros Generales y Seguros.

La nueva ministra ha publicado diversos libros, entre los que destacan: Libertad de Opinión e Información (1992); Manual de Legislación Electoral (1993) y Curso de Derecho Constitucional (con varias ediciones entre 2011 y 2017).

En su exposición ante la Comisión de Constitución del Senado, realizada con antelación a la votación, la abogada Vivanco dio cuenta de su visión del Poder Judicial y del cargo al que esperaba acceder. Ocasión en la que también respondió las consultas de los senadores sobre diversos temas, tales como: gobierno judicial; formación de jueces; el rol de la mujer en el Poder Judicial; el acceso a la administración de justicia; relación entre los poderes del Estado y otras instancias de control, y los pueblos originarios y acceso a la justicia.

Fuente: Poder Judicial

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