Corte Suprema ratifica rechazó a extraditar a violadores de DDHH condenados en Francia

Fachada_justiciaLa Corte Suprema ratificó la decisión de la ministra instructora Rosa María Maggi, quien rechazó dar curso a la extradición de 10 chilenos, condenados en rebeldía en Francia por su responsabilidad en los homicidios de cuatro ciudadanos galos, ilícitos perpetrados en Chile a partir del 11 de septiembre de 1973.

En fallo dividido (causa rol 12025-2013), la Segunda Sala del máximo tribunal integrada por los ministros Lamberto Cisternas, Gloria Ana Chevesich y Juan Escobar (suplente); además de los abogados integrantes Jorge Lagos y Ricardo Peralta, ratificaron que no es procedente otorgar la extradición de Luis Ramírez Pineda, Emilio Sandoval Poo, Basclay Zapata Reyes, Manuel Contreras Sepúlveda, Pedro Espinoza Bravo, Gerardo Godoy García, Raúl Iturriaga Neumann, Miguel Krassnoff Martchenko, Marcelo Moren Brito y Rafael Ahumada Valderrama, condenados en rebeldía, el 17 de diciembre de 2010, por el Tribunal en lo Criminal de París.

La resolución de mayoría ratifica el criterio de la ministra Maggi, quien sostuvo que los casos por los que se solicita la extradición (las muertes y desapariciones de: Alphonse (Alfonso) Chanfreau Oyarce, George (Jorge) Klein Pipper, Jean-Ives Claudet Fernández y Ettiene Pesle de Menil) están siendo investigados en Chile por ministros en visita, y que corresponde a tribunales nacionales conocer y juzgar los ilícitos por los que son requeridos.

En tanto, los ministros del voto de minoría, Lamberto Cisternas y Juan Escobar, fueron partidarios de reabrir la investigación por considerar que no se encuentra acreditado que haya proceso por todas las víctimas.

“En atención a que no se entregan en ella antecedentes suficientes para tener por acreditado que respecto de todos y cada uno de los requeridos se encuentre vigente en Chile proceso penal en su contra -y el estado del mismo, en su caso- por los delitos que motivaron su condena en Francia y cuya sentencia sirve de base a la solicitud de extradición, falta de antecedentes que impide a estos disidentes compartir el fundamento dado por la resolución en consulta para decidir no tramitar dicha solicitud. Como consecuencia de lo dicho, estuvieron por ordenar que se reabra el procedimiento, a fin de que se prosiga y concluya la investigación preliminar efectuada por la señora instructora con el objeto de obtener, con la precisión indicada, los antecedentes que echan de menos; y que concluido ello, se dicte la resolución que en derecho corresponda”, opinaron los disidentes.

1 comentario
  1. Chasa dice

    Recuerdo que el ex presidente Frei dijo, a causa del arrestado que ya sabemos, en Octubre del 1998 «que los chilenos deben ser juzgados en Chile». El problema es que pasa el tiempo y en Chile no se juzga a estos criminales. Soy partidario de que deberían ser extraditados, así además ahorra el país los gastos de los juicios. Y la Justicia sería neutral pues hay muchos de los que pertenecen al Poder Judicial chiloeno que aun deberían ser escrutinizados por sus actividades durante la dictadura. No hay garantía de neutralidad de pARTE DE ELLOS

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