Crianza Protegida: Seremi del Trabajo y Previsión Social detalla pasos para acceder a Licencia Médica Preventiva Parental

En el primer día, en la Región Metropolitana se solicitaron 3.767 LMPP, de un total de 7.443 que se realizaron en todo el país. La autoridad también explicó sobre la forma de optar al beneficio de trabajadores con niños nacidos a contar de 2013.

Más de 21 mil personas de la Región Metropolitana -de un total de 42.717 en el país- ya pueden acceder a la Licencia Médica Preventiva Parental (LMPP) a través del sitio web de la Superintendencia de Seguridad Social (www.suseso.cl), según informó la Seremi del Trabajo Metropolitana, Denisse Madrid.

La autoridad regional informó que el beneficio se solicita on line, donde se requiere la clave única para realizar el trámite, con la cual se solicita una prórroga de 30 días a su postnatal parental, la que se puede prorrogar hasta dos oportunidades, es decir hasta por 90 días adicionales.

Esta normativa beneficia a quienes se les haya vencido la licencia después del 18 de marzo de 2020 o vaya a vencer antes del fin del Estado de Catástrofe, es decir el 14 de septiembre del presente año. Las personas recibirán un subsidio equivalente al recibido por el permiso postnatal parental.

La Seremi Denisse Madrid destacó que si ambos padres hubieren gozado del permiso postnatal parental, cualquiera de ellos, a elección de la madre, podrá gozar de esta licencia médica preventiva parental.

Durante la primera jornada, en la Región Metropolitana se solicitaron 3.767 LMPP, alcanzando en el país un total de 7.443.

Cabe informar que el subsidio será pagado por la respectiva ISAPRE o Caja de Compensación, y en Banco Estado en los casos de FONASA, en los flujos normales de pago de las licencias médicas.

LOS MENORES DE 7 AÑOS

Respecto de los niños nacidos a contar del 2013, de madres, padres o sus cuidadores que estén afiliados al Seguro de Cesantía, el trámite se debe realizar a partir del 17 de agosto en el sitio web de la Administradora de Fondos de Cesantía, www.afc.cl.

Las madres, padres o sus cuidadores – se estima que beneficiará a 800 mil familias en el país- deberán solicitarlo a su empleador, quien no podrá negarse a la solicitud del trabajador, si éste cumple con los requisitos. Así accederá a los beneficios de la Ley de Protección del Empleo.

La solicitud podrá hacerse mientras permanezca suspendido el funcionamiento del establecimiento educacional, jardín o sala cuna -por acto o declaración de la autoridad debido al covid-19- al cual asistía el menor.

Los pasos y requisitos para realizar el trámite ya se encuentran disponibles en el sitio web de la AFC, www.afc.cl.

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